Condenan al Estado por exceso de fuerza que resultó en la muerte de dos mujeres

La Fiscalía, el DAS y el ministerio de Defensa deberán pagar más de 1600 millones de pesos como indemnización.


La Sala dice que los miembros de la fuerza pública deben ceñirse estrictamente a los parámetros fijados por la Constitución.

Noticias RCN

diciembre 19 de 2014
11:16 a. m.
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El Consejo de Estado condenó al ministerio de Defensa,  a la Fiscalía General y al desaparecido Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) a pagar más de 1600 millones de pesos de indemnización a la familia de un hombre que fue detenido por supuestamente haber asesinado a su esposa.

Los hechos ocurrieron el 6 de octubre de 1994, cuando hombres armados del Ejército, el DAS y la Fiscalía realizaron un operativo contra miembros de grupos subversivos en el barrio San José de la Cima, ubicado en la comuna nororiental de Medellín, pero al llegar al sector abrieron fuego indiscriminado en contra de las viviendas, ocasionando la muerte de dos mujeres.

El esposo de una de las víctimas tomó su revólver personal y realizó varios disparos hacia el exterior de la casa para defender a su familia, luego de lo cual tuvo que rendirse y fue detenido acusado de haber causado la muerte de su compañera y lesiones personales a empleados oficiales.

La Procuraduría apeló la decisión de la Fiscalía y, en segunda instancia, este último organismo ordenó la libertad inmediata del procesado, un año después de haber sido detenido, al encontrar que el proceso que se le siguió fue una acción destinada a encubrir a los verdaderos responsables de los hechos.

La Sección Tercera, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, explicó que, a pesar de que la diligencia de allanamiento estaba debidamente amparada en una orden judicial, el operativo estuvo lleno de irregularidades que terminaron con la muerte de las dos mujeres, entre ellas la esposa del demandante.

"Los angustiosos testimonios de los menores hijos de la víctima dan cuenta de la barbarie con que arremetieron Ejército, Fiscalía y DAS en contra del humilde hogar de una familia que derivaba su sustento de una tienda que atendían en la misma vivienda, y de cómo tuvieron que, no sólo ver que un desconocido irrumpía en la casa y, disparaba en contra de su madre, sino además, ser testigos del maltrato en contra de su padre y víctimas de la impotencia por no lograr impedir que los hombres que ejercían autoridad en nombre del Estado robaran sus pertenencias y destrozaran el resto de la vivienda y la tienda de sus padres, único patrimonio del qué dependían para subsistir", indica el fallo.

La Sala advierte que los miembros de la fuerza pública deben ceñirse estrictamente a los parámetros fijados por la Constitución al momento de realizar cualquier operativo, puesto que cualquier trasgresión de ese conjunto de principios, valores y derechos se traduce en uno de los peores crímenes que es el irrespeto a la dignidad humana.

"Dichas acciones no pueden ser sino catalogadas como una vergüenza nacional, no sólo frente al mundo, sino ante el tribunal de la razón y la civilidad. Tristemente, en época que una vez más se espera superada, se devaluó por los miembros de los organismos de seguridad al ciudadano humilde o de escasos recursos para pasar a identificarlo con el delincuente, y fue eso sin eufemismo alguno lo que ocurrió", señala la sentencia.

La sentencia agrega que nada resulta más perverso y oprobioso que el empleo de la fuerza pública y de los medios e instrumentos puestos a su servicio con fines ajenos a la protección de los derechos de las personas, máxime cuando su objetivo constituye el desconocimiento y la supresión de las garantías fundamentales, específicamente el derecho a la vida. 

NotiaiciasRCN.com

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