Corte Suprema y Consejo de Estado piden al Gobierno tener en cuenta sus observaciones sobre justicia de paz
La corte advirtió que los fallos proferidos contra autores de delitos en el conflicto armado no pueden ser revocados por el Tribunal Especial para la Paz.
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11:11 p. m.
Sin embargo, aseguró que se podrían modificar las sanciones o los años de pena.
“La acción de revisión de los procesos penales donde exista cosa juzgada, al entrar en vigencia la justicia transicional sin perjuicio de que la Jurisdicción Especial para la Paz en función de los fines que persigue y especialmente el de verdad plena, pueda modificar las sanciones impuestas en ese proceso”, aseguró Gustavo Malo, presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La corte manifiesta reparos frente a la revocatoria de fallos, a la competencia de procesos contra militares, las tutelas y las extradiciones anteriores a la vigencia del acuerdo de paz.
Por su parte, el Consejo de Estado advirtió que los temas agrarios establecidos en las sentencias deben protegerse.
“Tenemos preguntas sobre la jurisdicción agraria, sobre el tema electoral y acerca de la manera como se pretende reparar a las víctimas”, señaló Danilo Rojas, presidente del Consejo de Estado.
La Corte Suprema propone un tiempo de duración del Tribunal de Paz de cinco años prorrogado hasta otro tanto.
También planteó que todos los magistrados deben ser colombianos.
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