El caso Marshall y el debate jurídico sobre el maltrato animal
El arrollamiento de un perro labrador y posterior huida del conductor abrió el debate. Qué es maltrato animal y qué hacer ante un posible caso.
Noticias RCN
febrero 19 de 2016
12:47 p. m.
12:47 p. m.
Después del 19 de enero de este año Marshall ya no es el mismo. Tiene apenas 11 meses y no puede correr ni caminar, ni siquiera pararse por su cuenta. Su complaciente y alegre rasgo de Golden Retriever poco a poco se ha ido diluyendo en una inevitable depresión producto de su inmovilidad temporal.
Se ha tornado triste, nervioso, miedoso y cualquier manipulación le produce dolor. Sus chillidos de cachorro son la única forma de comunicar el martirio por el que atraviesa: un trauma craneoencefálico y la fractura en tres partes del acetábulo, una zona clave de la cadera que en condiciones normales facilita el movimiento de su pata izquierda.
Era poco más de las 7 de la noche de ese día cuando el frenazo de un vehículo seguido de un fuerte golpe indicó que algo malo había pasado.
Valentina, de 15 años, dueña de Marshall, lo soltó para que socializara con otros perros que a esa hora también jugaban en el parque de la carrera 51 con calle 103B, barrio Pasadena, norte de Bogotá.
Pero por ese carácter amistoso, típico de su raza, el perro cruzó la vía para "saludar" a una mujer que paseaba a sus dos perros en el andén opuesto. Marshall se encontró de frente con el parachoques delantero de una camioneta de lujo color gris oscuro.
La mascota quedó tendida en mitad de la calle pero aulló tan fuerte como pudo para clamar ayuda “El conductor del carro que lo chocó desapareció”, así lo contaron algunos vecinos que presenciaron la trágica escena.
Gustavo Murillo, uno de los vecinos, recuerda que "el conductor de la camioneta iba a una velocidad mayor a los 30 km/h que indicaba la señal de tránsito sembrada en el pavimento. Esta vez fue atropellado el perro pero también pudo haber sido un niño o uno de los adultos que transitan después de misa por ese sector".
Lo que sobrevino fue como una pesadilla. El grito de la niña, el llanto de Marshall, el auxilio de la gente, la impresión de la madre de Valentina en estado de embarazo, el traslado urgente del perro a la clínica veterinaria más cercana.
Mientras Marshall era sometido de emergencia a una serie de radiografías, algunos testigos cayeron en cuenta de que la camioneta entró al parqueadero del edificio donde reside el conductor.
Cuando le enviaron un mensaje de reclamo por su actitud indiferente, el hombre respondió "que no le importaba y que llamaran a la Policía". Minutos después dos uniformados llegaron y al confrontarlo sobre la denuncia de los vecinos volvió a responder "que no iba a hacer nada, que hicieran lo que quisieran".
Esa misma respuesta fue la que quedó consignada en la denuncia penal por maltrato animal que presentó Andrés Palomino, el padrastro de Valentina, una de las primeras de ésta clase que radicadas en la Fiscalía Seccional de Bogotá después de que el Presidente Juan Manuel Santos sancionara el pasado enero la ley 1774 de 2016 o ley contra el maltrato animal, con la que se les reconoce como "seres sintientes" y no solo bienes muebles como lo establece el código civil.
Sin embargo, la determinación del dueño de Marshall por elevar su caso ante las instancias judiciales locales hace parte de solo un 10% de ciudadanos que se motivan a denunciar o a poner en conocimiento de alguna autoridad una agresión de esta naturaleza. Se estima que el 90% de los maltratos se queda en nada.
Liliana Velandia, del colectivo Agenda Animal, asegura que con estos casos sucede lo mismo que con la violencia doméstica. "No se denuncia por múltiples motivos, miedo, indiferencia, desconocimiento. En algunos casos la persona ni siquiera considera que es maltrato, por ejemplo, dejar a un perro en una terraza a pleno sol sin agua y sin alimento".
Sergio Manzano, penalista y parte activa del equipo Bogotá por los Animales, revela que hasta antes de las nuevas normas, "se hablaba de 30 mil denuncias al año en Colombia, fruto del trabajo de estudiantes de derecho del país y otras carreras afines al tema, de las comisarías de policía, de los colectivos animalistas y de las noticias nacionales". Ahora, que el país tuvo grandes avances en esta materia con la ley 1774 de 2016, muchos se preguntan qué pasará con estos casos.
El abogado Manzano aclara que "no se pueden retomar porque son casos anteriores a la expedición de la nueva ley (desde el 6 de enero de 2016), pero quedan cobijadas bajo el antiguo estatuto de 1989, delegados a nivel policial. No contemplan penas significantes sino arrestos o multas irrisorias. También existe la opción de abrirlas por demandas civiles que podrían tardar en resolverse a los 7 u 8 años".
Así las cosas, episodios de gran resonancia mediática como el de 'Príncipe', el perro criollo de 5 años que murió por un balazo en medio de una discusión entre vecinos el 8 de marzo de 2015 en el barrio La Alhambra en Bogotá, llegaron como casos de maltrato solo hasta instancias policivas. Este, particularmente, hasta las manos del Inspector de Policía de la localidad de Suba, después de la denuncia de Marina Isaza, dueña de 'Príncipe', en contra del motociclista Juan Sebastián Toro, la persona que disparó contra la mascota aludiendo "defensa personal".
El deportista y abogado bogotano, dos veces representante de Colombia en el Rally Dakar, acudió a la inspección después de la tercera vez de ser citado el pasado 21 de enero para hacer sus descargos.
Sin embargo, Arturo Isaza, hermano de Marina, también dueño de 'Príncipe' y protagonista del altercado con Toro, instauró una denuncia penal en la fiscalía 22 de seguridad pública.
"Es un gran pesar que esa ley no haya estado aprobada con anterioridad, pero ya sabiendo que no hay retroactividad el hecho de que haya algún día un pronunciamiento de la justicia indica que existe otra forma de hacerlos proteger y defender. Mi meta es que el caso de mi Príncipe sea el antecedente, la base o el ejemplo para que la gente entienda que hay que respetar y querer a los animales", aseguró Marina Isaza.
A pesar de la sanción moral y social que recibió el motociclista por su conducta y al ser privado de varios patrocinios por parte de empresas colombianas, un año después del incidente el caso de 'Príncipe' sigue inconcluso. Se cree que Toro será sancionado máximo con una multa y para algunos la cuantía sería insignificante frente a la pérdida que padecieron los propietarios del animal.
Sí el caso de 'Príncipe' hubiera ocurrido después de la expedición de la nueva ley, algunos de los defensores de animales consultados dicen que, a lo mejor, otra hubiera sido la historia.
La nueva Ley contra el maltrato animal
El abogado Sergio Manzano asegura que "con la nueva ley 1774 de 2016 estas conductas que menoscaban la salud, la integridad física y emocional de los animales pasarán además a una competencia privilegiada en el uso del derecho penal. O sea, pasarán a manos de fiscales y de jueces penales. Esta ley da dientes a las autoridades. Con el tiempo todo esto va a hacer decrecer los casos pero los colombianos aprenderán que hay un deber legal con los animales".
Pero a menos de un mes de la sanción de la nueva ley antimaltrato animal hay un motivo que preocupa a los abogados y grupos defensores de los derechos de animales: la preparación del aparato judicial y policivo en este tema.
Ericka Guzmán, directora de la Fundación Bogotá Adopta y quien participó en la elaboración del proyecto de ley, argumenta que "como es un tema nuevo hay conceptos más allá de las leyes como la filosofía del derecho y los antecedentes a nivel mundial que ha generado el reconocimiento de los derechos de seres distintos a los humanos, en eso deben profundizar los fiscales y por eso mismo también pensamos elaborar una cartilla dirigida en principio a los ciudadanos con un lenguaje entendible para los niños, iniciativa civil de un grupo de abogados enmarcada dentro de la campaña Colombia justa con los animales".
Voceros del equipo Bogotá por los animales sostienen "ojalá esos fiscales pertenezcan a unidades medioambientales porque tienen más claros esos delitos. Falta una reglamentación por parte de la Fiscalía porque no es una ley que ha tenido tanta promoción. Hay que poner en la agenda pública el tema. Yo creo que los próximos 6 meses serán de capacitación y aplicación de la ley y luego vendrá la ejecución".
NoticiasRCN.com consultó la opinión de la Fiscalía respecto a estas inquietudes y su respuesta se centró en que hasta la fecha no había ninguna denuncia penal por maltrato animal en la Fiscalía seccional de Bogotá pero sí varias a nivel nacional, entre ellas una reciente del 22 de enero de 2016 radicada en Pereira en referencia a un vendedor ambulante que mató a puñal al perro de una mujer. El caso terminó en conciliación.
Además la Fiscalía sostiene que no se ha dispuesto como tal una unidad especial para atender los delitos de maltrato animal o denuncias penales que se produzcan por casos de abusos contra estos mismos, porque cualquier fiscal está en la capacidad de atender uno de estos de casos.
El sustento jurídico en el caso Marshall
¿Hasta dónde atropellar accidentalmente a un perro y dejarlo en plena vía pública se puede configurar como maltrato animal?
Diego Bernal y Ángela La Rota, abogados del dueño del perro, aclaran que la nueva ley contra el maltrato animal modificó el código civil, el código penal, el código de procedimiento penal y el estatuto nacional de protección de los animales de 1989 donde se establecían las circunstancias y castigos para los responsables de abusos contra los mismos, pero dejó en firme lo que no fue reemplazado o derogado, como el artículo que especifica sanciones para los que causen daño con conductas crueles como: "Dejar expósito o abandonar a su suerte a un animal doméstico o domesticado en estado de vejez, enfermedad, invalidez o incapacidad de procurarse la subsistencia".
Entre sus argumentos, los apoderados de las víctimas (Andrés Palomino y su familia) sostienen que "el actuar del agente infractor es reprochable, ya que, una vez producido el daño, este se da a la fuga omitiendo su obligación de detenerse conforme lo estipula el artículo 143 de la Ley 769 del 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre, que dice que "en caso de daños materiales en los que sólo resulten afectados vehículos, inmuebles, cosas o animales y no se produzcan lesiones personales será obligación de los conductores detenerse y presentar a la autoridad presente en el lugar de los hechos, el documento de identificación, la licencia de conducción, la licencia de tránsito, la información sobre su domicilio, residencia y números telefónicos y sobre los seguros a que se refiere esta ley. (…)".
Los estudiosos resumen lo más importante de la Ley contra el maltrato animal
1.Que los animales, aún siendo bienes muebles en el código civil, son catalogados seres sintientes. Ya no son objetos o propiedad de las personas.
2.Incluye principios de bienestar animal fundamentados en las libertades declaradas por la UNESCO, no padecer hambre o sed, sufrimiento o incomodidad, lesión, dolor o enfermedad, temor o estrés y de expresar una conducta normal.
3.Ampliación de sanciones traducidas en arrestos y multas, según la circunstancia y la conducta denunciada. Antes las lesiones y matanza de animales contemplaban arrestos de 1 a 3 meses y multas de 5 mil 50 mil pesos. La nueva ley aumentó esos castigos de 12 a 36 meses de prisión y multa de 5 a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
4.Establece circunstancias que agravan la conducta como la sevicia, las lesiones en sitio público, valerse de otras personas en condición de discapacidad o de menores de edad, cometer actos sexuales con animales y que los denunciados ejerzan funciones públicas.
5.Hay principios de colaboración armónica que involucra a otras Instituciones en el cumplimiento de estas normas como las secretarías de ambiente, las corporaciones regionales autónomas, alcaldías, sistemas de parques nacionales.
6.Y contempla un deber de solidaridad social sobre todo para vigilar y denunciar casos que se salgan de las excepciones de esta ley que no interfiere en las expresiones culturales como las corridas de toros, peleas de gallos y corralejas, o en el manejo de animales destinados a la cría y producción de alimentos.
Mónica Vengoechea / NoticiasRCN.com