Gobierno modificó Reglamento General de Establecimientos de Reclusión para la comunidad LGTBI

"La diversidad sexual es parte integral de la dignidad humana y es un principio que rige el sistema penitenciario", aseguró el viceministro Carlos Medina Ramírez.


Foto: AFP.

Noticias RCN

agosto 18 de 2016
02:07 p. m.
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En un comunicado, el Ministerio de Justicia explicó que las modificaciones realizadas al Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión "contempla principios generales con enfoque de derechos humanos y enfoque diferencial, y deja claro que las personas privadas de la libertad pertenecientes a sectores LGTBI, pueden expresar su identidad de género y diversidad sexual".

De ahora en adelante, los miembros de la comunidad LGTBI podrán escoger a qué celdas van y qué ropa usarán en centros penitenciarios. Además, se le tendrá que garantizar el derecho a acceder a tratamientos hormonales, de acuerdo con las modificaciones realizadas al reglamento.

"La diversidad sexual está protegida en la Constitución Política y no puede obviarse por el hecho de que las personas estén privadas de la libertad", aseguró el viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, Carlos Medina Ramírez, durante el VI Simposio Nacional Penitenciario y de Derechos Humanos.

Medina recalcó que las modificaciones realizadas al Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión, que no se había actualizado desde 1995, "permiten acoplar procedimientos al interior de los establecimientos, a la luz de los mandatos constitucionales y de la protección a los derechos de las personas LGTBI".

Los cambios al Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión hacen parte de un trabajo conjunto entre el Ministerio de Justicia, el Inpec, el Ministerio del Interior, la Defensoría del Pueblo, la Consejería Presidencial de los Derechos Humanos y las fundaciones Colombia Diversa y Parces.

Estas son las principales modificaciones al Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión:

Se establecen reglas especiales respecto al examen médico de ingreso, con el objetivo de garantizar la salud de las personas trans que vienen recibiendo tratamientos hormonales.

Se prohíbe usar la orientación sexual y la identidad y expresión de género como criterios de clasificación de los internos. Se da la oportunidad a las personas trans de decidir dónde deben ser ubicadas según su identidad de género.

Se prohíbe sancionar disciplinariamente las muestras de afecto, como besos, abrazos o caricias entre parejas LGBTI.

Las personas LGTBI pueden expresar su identidad y su diversidad sexual con elementos como pelucas, esmaltes, maquillaje, etc.

Ya no es requisito en las visitas íntimas de miembros de la comunidad LGBTI demostrar que la pareja es cónyuge o compañero permanente. Esto no se exige en parejas heterosexuales.

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