Consejo de Estado negó suspensión de Andree Uribe como alcaldesa (e) de Medellín

La suspensión en la designación de Uribe, fue planteada por una tutela que alegaba vulneración al derecho del debido proceso.


Consejo de Estado negó suspensión de Andree Uribe
Consejo de Estado negó suspensión de Andree Uribe/Foto: @AlcaldiadeMed/Twitter.

Noticias RCN

junio 15 de 2022
06:07 p. m.
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Tras estudiar una demanda de tutela presentada contra la designación de Jennifer Andree Uribe Montoya como alcaldesa encargada de Medellín, el Consejo de Estado resolvió negar una solicitud que buscaba suspender su nombramiento de manera provisional.

Según lo expuesto por el Consejo, la designación de la funcionaria, anteriormente secretaria de Salud, fue objeto de una demanda en la que se alegaba una supuesta vulneración a los derechos fundamentales al debido proceso y a la participación del ciudadano demandante.

Cabe recordar que Uribe Montoya fue nombrada tras un estudio de la terna presentada por el Movimiento Independientes para reemplazar al alcalde suspendido Daniel Quintero, y luego de que se tumbara el nombramiento de Juan Camilo Restrepo como alcalde encargado por orden del Tribunal de Antioquia.

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¿Qué solicitaba el demandante en la tutela?

En la demanda presentada ante el Consejo de Estado, el accionante solicitaba la suspensión del acto de designación de la alcaldesa, mientras se resolvía de fondo su demanda, alegando que de no hacerse, se le estaría causando un perjuicio imposible de remediar.

No obstante, la decisión del Consejo de Estado fue firme, al negar la declinación del acto por el cual se nombró a Uribe como alcaldesa encargada, sosteniendo que no existe evidencia para señalar que el tiempo que se tome la sala para resolver el fondo de la demanda pueda causar violaciones a los derechos del demandante.

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Además, la sala recalcó que la situación no amerita tomar medidas cautelares urgentes como las que solicita el accionante en el escrito de la tutela.

De hecho, tampoco existe un principio de certeza acerca de la vulneración de los derechos cuya protección reclama la parte actora.

Finalmente, el pronunciamiento del Consejo de Estado reconoció que solo hasta la emisión del fallo se podría tener certeza de las presuntas violaciones a los derechos fundamentales que alega el accionante.

Entretanto, la sala estudiará el caso de fondo, pero sin suspender el acto de designación de la alcaldesa, por lo menos mientras emite un fallo.

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