Estos son los cambios que anunció la Dian para el calendario tributario
La Dian anunció se amplían los plazos a las personas jurídicas y grandes contribuyentes para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Noticias RCN
11:30 a. m.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) indicó que los pagos de la segunda, tercera y cuarta cuota del impuesto sobre la renta se realizarán a finales de abril y junio. De igual manera la declaración de activos en el exterior se realizará entre junio y julio.
El calendario quedará de la siguiente manera:
Pago personas jurídicas
La declaración del impuesto sobre la renta del 2019 deberá realizarse entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT
La primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios del 2019 deberá pagarse entre el 21 de abril y el 19 de mayo de 2020, atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT hasta el:
- 21 de abril: 96 al 00
- 22 de abril: 91 al 95
- 23 de abril: 86 al 90
- 24 de abril: 81 al 85
- 27 de abril: 76 al 80
- 28 de abril: 71 al 75
- 29 de abril: 66 al 70
- 30 de abril: 61 al 65
- 4 de mayo: 56 al 60
- 5 de mayo: 51 al 55
- 6 de mayo: 46 al 50
- 7 de mayo: 41 al 45
- 8 de mayo: 36 al 40
- 11 de mayo: 31 al 35
- 12 de mayo: 26 al 30
- 13 de mayo: 21 al 25
- 14 de mayo: 16 al 20
- 15 de mayo: 11 al 15
- 18 de mayo: 06 al 10
- 19 de mayo: 01 al 05
La segunda cuota de este impuesto se cancelará entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT.
- 1 de junio: 96 al 00
- 2 de junio: 91 al 95
- 3 de junio: 86 al 90
- 4 de junio: 81 al 85
- 5 de junio: 76 al 80
- 8 de junio: 71 al 75
- 9 de junio: 66 al 70
- 10 de junio: 61 al 65
- 11 de junio: 56 al 60
- 12 de junio: 51 al 55
- 16 de junio: 46 al 50
- 17 de junio: 41 al 45
- 18 de junio: 36 al 40
- 19 de junio: 31 al 35
- 23 de junio: 26 al 30
- 24 de junio: 21 al 25
- 25 de junio: 16 al 20
- 26 de junio: 11 al 15
- 30 de junio: 06 al 10
- 1 de julio: 01 al 05
La declaración anual de activos en el exterior tendrá que ser presentada entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, de acuerdo con los dos últimos dígitos dígito del NIT.
- 1 de junio: 96 al 00
- 2 de junio: 91 al 95
- 3 de junio: 86 al 90
- 4 de junio: 81 al 85
- 5 de junio: 76 al 80
- 8 de junio: 71 al 75
- 9 de junio: 66 al 70
- 10 de junio: 61 al 65
- 11 de junio: 56 al 60
- 12 de junio: 51 al 55
- 16 de junio: 46 al 50
- 17 de junio: 41 al 45
- 18 de junio: 36 al 40
- 19 de junio: 31 al 35
- 23 de junio: 26 al 30
- 24 de junio: 21 al 25
- 25 de junio: 16 al 20
- 26 de junio: 11 al 15
- 30 de junio: 06 al 10
- 1 de julio: 01 al 05
Pago grandes contribuyentes
El impuesto sobre la renta y complementarios del 2019 deberá ser presentado entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.
La segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019 entre el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020, dependiendo del último dígito del Número de Identificación Tributaria - NIT.
- 21 de abril: 0
- 22 de abril: 9
- 23 de abril: 8
- 24 de abril: 7
- 27 de abril: 6
- 28 de abril: 5
- 29 de abril: 4
- 30 de abril: 3
- 4 de mayo: 2
- 5 de mayo: 1
La tercera cuota de este impuesto se cancelará entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.
- 9 de junio: 0
- 10 de junio: 9
- 11 de junio: 8
- 12 de junio: 7
- 16 de junio: 6
- 17 de junio: 5
- 18 de junio: 4
- 19 de junio: 3
- 23 de junio: 2
- 24 de junio: 1
En el caso de activos en el exterior, la presentación se hará entre el 9 y 24 de junio de 2020, de acuerdo con el último dígito del NIT.
- 9 de junio: 0
- 10 de junio: 9
- 11 de junio: 8
- 12 de junio: 7
- 16 de junio: 6
- 17 de junio: 5
- 18 de junio: 4
- 19 de junio: 3
- 23 de junio: 2
- 24 de junio: 1