Padres podrán elegir el orden de los apellidos de sus hijos
Hasta la fecha la ley dictaba que primero iba el apellido del hombre.
Al declarar inexequible parte de la ley 54 de 1989, la Corte Constitucional señaló que los padres podrán decidir cuál de los dos apellidos será el primero que lleven sus hijos.
Es decir, que ya no estarán en la obligación de poner primero el del hombre, como lo dictaba la ley que indicaba que “en el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primero del padre seguido del primero de la madre”.
Si los padres no se ponen de acuerdo en el orden de los apellidos lo podrán hacer por sorteo ante una autoridad competente.
La corte le dio plazo al Congreso hasta el 2020 para que legisle sobre el tema.
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