Ministerio De Minas Y Energia

Denuncian al director de la Creg por supuestamente poner “en riesgo prestación del servicio de energía”.
Colombia

Denuncian al director de la Creg por supuestamente poner “en riesgo prestación del servicio de energía”

Codisgen interpuso una denuncia penal en contra del director de la Creg, Omar Fredy Prias Caicedo.

El Ministerio de Minas y Energía se crea a raíz de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), una época de conflicto internacional durante la cual surgieron problemas de orden económico que repercutieron directamente en el progreso de Colombia. Ante esta situación, el Gobierno Nacional diseñó un plan para la defensa y el fomento de las industrias existentes, buscando el aprovechamiento de los recursos naturales y el desarrollo de otras fuentes de producción.

El Decreto 968 del 18 de mayo de 1940 estableció por primera vez el Ministerio de Minas y Petróleos y al mismo tiempo modificó la organización del Ministerio de la Economía Nacional. Durante los años siguientes el Ministerio fue reestructurado mediante el Decreto 0464 de 1951, el Decreto 0481 de 1952, el Decreto 636 del 10 de abril de 1974 con el cual se modifica el nombre del Ministerio de Minas y Petróleos por el de Ministerio de Minas y Energía, el Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992, el Decreto 0070 de 2001, el Decreto 520 de 2003, el Decreto 0381 del 16 de febrero de 2012, el Decreto 1617 del 30 de julio de 2013.

Con el fin de establecer el nuevo marco institucional requerido, la reorganización del Ministerio de Minas y Petróleos se convirtió en un propósito fundamental. La Ley 2 de 1973 concedió al poder ejecutivo las facultades necesarias para reorganizar el sector minero energético, otorgando al Gobierno los elementos y medios indispensables para el cumplimiento cabal de sus funciones como promotor y responsable del desarrollo óptimo de los recursos naturales renovables y no renovables destinados al abastecimiento energético del país.

Misión

Formular y adoptar políticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursos mineros y energéticos para contribuir al desarrollo económico y social del país.

Visión

El Ministerio de Minas y Energía será reconocido por la formulación de políticas que garanticen el desarrollo y aprovechamiento eficiente de los recursos mineros y energéticos en Colombia, su explotación, abastecimiento y exportación de sus excedentes, trabajando con eficiencia, innovación, calidad en su gestión y promoción de la responsabilidad social y ambiental.

Planes y programas

La planeación institucional del Ministerio orienta nuestras capacidades hacia el logro de los resultados para la satisfacción de necesidades de nuestros grupos de valor.

Al inicio de cada vigencia, sometemos a consulta ciudadana el Plan de Acción y el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, porque la acción colaborativa de todos los interesados y grupos de valor es lo que contribuye a tener una planificación fortalecida.

Funciones del ministro de Minas y Energía

Artículo 5. Son funciones del Despacho del ministro de Minas y Energía, además de las previstas en la Constitución Política, en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y en las demás disposiciones legales, las siguientes:

  • Adoptar la política en materia de minas, energía eléctrica, energía nuclear, materiales radiactivos, fuentes alternas de energía, hidrocarburos y biocombustibles.
  • Coordinar la ejecución de la política. Sectorial por parte de las entidades adscritas y vinculadas al sector minero energético.
  • Aprobar los planes, programas y proyectos de desarrollo del sector minero energético del país, en concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del Gobierno Nacional.
  • Expedir los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y biocombustibles.
  • Definir precios y tarifas de la gasolina, diesel (ACPM), biocombustibles y mezclas de los anteriores.
  • Dirigir el proceso de expedición de la regulación energética.
  • Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible, sus usos y aplicaciones.
  • Adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de la transmisión y distribución.
  • Adoptar los planes de expansión de la cobertura de los servicios públicos de energía eléctrica.
  • Establecer áreas de servicio exclusivo para la prestación de los servicios públicos de distribución domiciliaria de energía eléctrica y de gas combustible por red y celebrar los contratos con los proponentes que seleccione para prestar los servicios en tales áreas.
  • Adoptar las políticas del Fondo de Solidaridad y Subsidios para la Redistribución del Ingreso - FSSRI de conformidad con las disposiciones vigentes.
  • Reconocer y ordenar el pago de las compensaciones por el transporte de derivados líquidos del petróleo a los distribuidores mayoristas de combustibles y gas licuado del petróleo, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley 1118 de 2006.
  • Participar en los comités de administración que asignan los recursos de los Fondos a cargo del Ministerio.
  • Dirigir las funciones de fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos o delegarlas a una entidad del sector.
  • Dirigir las actividades relacionadas con el conocimiento y la cartografía del subsuelo o delegarlas a una entidad del sector.
  • Dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y radiactivos en el país.
  • Garantizar el ejercicio del control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.
  • Distribuir los cargos de la planta global de personal de Ministerio de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas.
  • Las demás funciones que se le asignen.

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