Regaño y freno a las llamadas de cobro de los bancos

La Corte Suprema dice que estas advertencias de las corporaciones financieras afectan la tranquilidad espiritual.


Noticias RCN

ago 12 de 2014
02:27 p. m.

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Según el fallo conocido por Noticias RCN, cuando la deuda está saldada no se puede llamar a cobrar, o sino los bancos deben atenerse a indemnizar a sus clientes. Las indemnizaciones pueden llegar a los 35 millones de pesos.
"Se ha vuelto una costumbre que los bancos llamen a los deudores morosos, les cobren y los embarguen sin sacarlos de la lista de morosos", criticó el abogado Milton Fernández Grey.
Si usted ha recibido presiones y amenazas de corporaciones financieras en las que le exigen pagar cuotas inexistentes a cambio de no embargarlo o quitarle la casa, pues la Corte Suprema de Justicia decidió ordenarle a los bancos indemnizar por perjuicios morales a las personas víctimas de presiones de cobro, ya que si la deuda está saldada las llamadas son innecesarias.
Según la Corte, estos cobros afectan la tranquilidad espiritual de las personas.
"Y es que no se trata de una simple incomodidad o molestia, sino que la experiencia muestra que someter a una persona y a su núcleo familiar al cobro frecuente de una deuda inexistente ocasiona un grave menoscabo a un interés espiritual preexistente", dice la Corte.
Una persona víctima de presiones del banco  debe ser indemnizada por la corporación financiera con alrededor de 35 millones de pesos por sufrir por varios meses llamadas de cobro.
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