Conozca la ubicación de las nuevas cámaras que detectan infracciones de tránsito en Bogotá

Desde el 29 de octubre entrarán en funcionamiento las ‘Cámaras Salvavidas’, que buscan evitar los accidentes viales.


Noticias RCN

octubre 22 de 2019
12:57 p. m.
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La Alcaldía de Bogotá anunció la implementación de ‘Cámaras Salvavidas’ desde el 29 de octubre en 50 puntos de la ciudad para la detección de infracciones, en aras de evitar las víctimas de los siniestros de tránsito.

La Secretaría Distrital de Movilidad anunció la implementación del sistema a través de su Programa de Gestión de la Velocidad, que consiste la incorporación de elementos de Detección Electrónica de Infracciones (DEI).

¿Para qué sirven? ¿Qué detectan?

La secretaría anunció que el nuevo sistema de cámaras podrá detectar estas infracciones:

  • Exceso de velocidad.
  • Omisión de semáforo en rojo.
  • No reducir la velocidad en cruces escolares.
  • Invasión espacio público.
  • Transitar sin portar el SOAT.
  • Transitar sin la revisión técnico-mecánica al día.

Además, podrán descubrir conductas que puedan afectar la movilidad en la capital como:

  • Bloqueo de calzada o intersección.
  • Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas (pico y placa y carril bus).

Funcionamiento

Las nuevas cámaras capturarán la presunta infracción en fotos y videos. Posteriormente, se envían en línea las evidencias a la CPIT (Central de Procesamiento de Infracciones de Tránsito), en donde se realiza una consulta automática en el RUNT.

Con la evidencia e información del vehículo y del propietario en plataforma web de la CPIT, la Policía de Tránsito puede llevar a cabo la respectiva validación (imposición de comparendo o rechazo de la evidencia).

Si se impone el comparendo electrónico se envían (información y comparendo) al sistema de notificación de la Secretaría Distrital de Movilidad y al sistema contravencional.

De esta manera, el proceso de Detección Electrónica de Infracciones finaliza con e inicia el proceso contravencional una vez notificado el comparendo.

Si el comparendo finalmente no es impuesto, la evidencia rechazada es archivada.

¿Cuánto tiempo tiene para recibir y pagar una infracción?

La notificación le llega al infractor en 3 días hábiles que cuentan desde la captura de la evidencia.

Cada ciudadano tiene 11 días hábiles para pagar el 50% de la multa, mientras que, si se paga dentro de los 20 días siguientes a la notificación del comparendo se tendrá que pagar el 75% del total del costo.

¿Y si la notificación no llega?

En cuanto a los casos especiales en los que la notificación del comparendo no puede llegar a las manos del infractos, la secretaría aclara que, si no hay información del RUNT; o la información está desactualizada o incompleta; o la empresa de mensajería no puede hacer efectiva la entrega, la comunicación estará disponible en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad.

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