¿Tiene derecho a compensatorio por trabajar 24 o 31 de diciembre?

Este año Navidad y Año Nuevo se celebrarán un domingo. Expertos explicaron a Noticias RCN los derechos que tienen los empleados por trabajar en estas fechas.


¿Tengo compensatorio por trabajar 24 o 31 de diciembre?
Foto: Freepik

Noticias RCN

diciembre 07 de 2023
07:16 p. m.
Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Se acerca el 24 y 31 de diciembre, fechas en las que cientos de colombianos deben cumplir con su jornada laboral. Este año, tanto Navidad como Año Nuevo caen un domingo.

¿Cómo se paga por trabajar 24 y 31 de diciembre? 

En NoticiasRCN.com consultamos a dos expertas sobre los derechos que tiene un empleado al trabajar en alguna de estas dos celebraciones. Laura Alejandra Sandoval, abogada laborista de la firma Gómez Asesores & Consultores, explicó cómo deben pagar estas fechas. 

Puede leer: ¿Le deben pagar más por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero?

“Si se liquidan como día festivo, es decir, si hacen parte de las 47 horas legalmente establecidas, serán remuneradas con un recargo pagado al 75% cuando el empleado trabaja en horario diurno, si es en horario nocturno será pagado el 75 % más un 35% de recargo nocturno”.

¿Tiene derecho a compensatorio por trabajar 24 o 31 de diciembre?

Valentina Fandiño, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de la firma Legal Counselors Business & Services Colombia, explicó que esto ocurre porque la forma en que se remunera depende de la jornada. “Si es una persona que trabaja más de las horas máximas legales, se deberá reconocer hora extra, recargo diurno o nocturno, dependiendo el caso particular”. Agregó que, “no depende del contrato cuando se trata de uno laboral, porque si es un contrato de prestación de servicios y no tiene ninguna prerrogativa, se maneja como un contrato civil”. 

En cuanto al día compensatorio, Sandoval señaló que el empleado adicionalmente tendrá derecho a pactar con el empleador un día compensatorio. Esto es un acuerdo, no una obligación, pero en caso de que ese día fuera el descanso obligatorio del trabajador, el empleador sí deberá darlo, explicó Fandiño.

Sandoval aclaró además que cuando se supera las horas de la jornada ordinaria durante alguno de estos dos días, es decir, las 7 horas y 50 minutos, se deberán liquidar como horas extras y serán pagadas de la siguiente manera:

  • Si se trata de una hora dominical extra en horario diurna será pagada al 200%.
  • Si se trata de una hora dominical extra en horario nocturno será pagada al 250%.

Lea, también: Policía anuncia recompensas de hasta $5 millones por información que permita incautar pólvora

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN Google News Síguenos en Google News

Te puede interesar

Resultados lotería

Resultados de la Lotería de Boyacá del 20 de diciembre de 2025: conoce el premio mayor

Licencia de conducción

A estas personas les aplicará la nueva resolución de renovación de licencia en 2026: tomen nota

Resultados lotería

Resultado Super Astro Sol: número y signo ganador hoy 20 de diciembre de 2025

Otras Noticias

Artistas

Así fue el reencuentro de Blessd y Karina García, con el que explotaron las redes

El cantante Blessd y la influencer Karina García coincidieron en el mismo lugar y así fue su reencuentro.

Atlético Nacional

Las fichas que Nacional buscará en el mercado de cara al 2026

Atlético Nacional buscará reforzarse ante las salidas de sus jugadores y estas son las fichas por las que irá en búsqueda en el mercado.


Cuatro colombianos mueren en la guerra de Ucrania tras enlistarse voluntariamente

Funcionaria cercana a Trump advierte que el presidente tiene la personalidad de un alcohólico

Síndrome del comedor nocturno: síntomas, causas y complicaciones del diagnóstico