Gobierno ordena la apertura gradual de frontera con Venezuela

Foto: AFP.

La medida será efectiva desde la media noche del lunes 1 de junio para “lograr una migración segura y ordenada” de quienes deseen ingresar o salir de Colombia.


Noticias RCN

jun 01 de 2021
09:02 p. m.

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El Ministerio del Interior confirmó este martes que, mediante resolución 0746 del 1 de junio de 2021 del Mininterior y la resolución 1175 del 1 de junio de 2021 de Migración Colombia, se autorizó la apertura gradual de la frontera con la República Bolivariana de Venezuela, a partir de las (00:00 a.m.) del miércoles 2 de junio de 2021.

Debido a la progresiva reapertura de las actividades sociales, económicas y demás actividades del país establecidas por el Gobierno Nacional, el Ministerio dijo que es imprescindible la puesta en marcha de acciones migratorias para atender la apertura gradual de las fronteras, pasos fronterizos y habilitar los puestos de control terrestres y fluviales.

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El objetivo es “lograr una migración segura y ordenada para quienes pretendan ingresar o salir del territorio colombiano”, señala la resolución.

La decisión implica la habilitación gradual del servicio de atención migratoria en los puestos de control migratorio terrestres y fluviales entre Colombia y Venezuela, conforme lo dispuesto por el Ministerio del Interior para el ejercicio propio de las funciones de control migratorio a cargo de Migración Colombia.

Colombia había extendido este martes el cierre de sus fronteras terrestres y fluviales con Venezuela, impuesto desde marzo de 2020 por la pandemia, hasta el 1 se septiembre de 2021. 

En un decreto, el presidente Iván Duque ordenó prolongar el cierre de "los pasos terrestres y fluviales de frontera con la República Bolivariana de Venezuela" por cuatro meses más. Los casos de "fuerza mayor", las emergencias humanitarias y el transporte de mercancía estaban exentos de la medida. 

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El 19 de mayo el país reabrió los pasos que lo conectan con Panamá, Perú, Brasil y Ecuador, también cerrados para evitar la propagación del virus. Pero excluyó de la decisión a Venezuela, con quien comparte una extensa y porosa frontera de 2.200 km.  

Según estadísticas, cerca de un millón de venezolanos indocumentados se encuentran hoy en proceso de regularización en Colombia.

El cierre de los pasos fronterizos fue decretado inicialmente el 16 de marzo de 2020, diez días después de que se registrara el primer caso de coronavirus en el país de 50 millones de habitantes.

¿Cómo funcionará la medida?

De acuerdo con la autoridad migratoria colombiana, la apertura de la frontera con Venezuela se dará de manera gradual y para ello se han fijado una serie de horarios para la entrada y salida de viajeros de la siguiente manera:

  • En el caso del Puesto de Control Migratorio de Paraguachón en La Guajira, la apertura de la frontera se realizará a las 8 am y se mantendrá hasta las 4 pm, hora colombiana. 
  • Para los Puestos de Control Migratorio Fluviales de Puerto Carreño e Inirida, el horario de entrada y salida de viajeros será de 6 am a 5 pm.
  • El Puesto de Control Migratorio del Puente Internacional José Antonio Páez, en Arauca, funcionará de manera continua de 6 de la mañana a 6 de la tarde. 
  • Los Puestos de Control Migratorio Terrestres ubicados en Norte de Santander, comenzarán a funcionar a las 6 de la mañana, pero en el caso de los Puentes Internacionales Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander, se permitirá el ingreso de viajeros solo hasta las 3 pm, hora colombiana, y la salida hasta las 5 pm.
  • El Puesto de Control Migratorio de Puerto Santander, funcionará de 6 de la mañana a 4 de la tarde.

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Habrá pico y cédula

Adicionalmente, y con el fin de mantener un mayor control en los ingresos al territorio nacional, Migración Colombia estableció un sistema de pico y cédula, por medio del cual los días terminados en 2 – 4 – 6 – 8 y 0, solo podrán ingresar al país, aquellas personas cuyo número de cédula de identidad termine en alguno de estos dígitos.

Lo mismo sucederá para los días impares, donde solo se permitirá el ingreso de personas cuyos números de documento finalicen en 1 – 3 – 5 – 7 y 9.

En el caso de los niños, niñas y adolescentes, su ingreso al país estará sujeto al cumplimiento de las medidas por parte del adulto que los acompaña. 

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