Le ponen freno a influencer: debe presentarle disculpas públicas a mujer que estuvo en su pódcast

La mujer no dio el consentimiento para la divulgación de la entrevista en las plataformas digitales.


Pódcast.
Pódcast. Foto: diseñada por Magnific.

Noticias RCN

agosto 21 de 2026
04:12 p. m.
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La protagonista de este caso es Mariana, quien presentó una tutela contra Diana, la creadora del pódcast Audiovisuales La Pradera. Para cuidar la integridad de las mujeres, la Corte Constitucional modificó sus nombres reales, así como el del programa.

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Resulta que Mariana sintió que Diana vulneró sus derechos luego de invitarla a una entrevista, dado que aseguró no haber dado su consentimiento previo, libre e informado para difundir el contenido en las plataformas digitales.

El caso de Mariana en el pódcast

En la entrevista, Mariana contó su historia siendo víctima de violencia de género. A pesar de no haber autorizado la divulgación del contenido audiovisual, este quedó publicado en los canales digitales, tales como TikTok y YouTube.

Si bien pidió que fuera retirado, esto no se dio después de más de un año. Sumado a ello, solicitó el reconocimiento de beneficios económicos producto de la difusión y disculpas públicas por parte de Diana, aceptando que no recibió la autorización para sacar a la luz la entrevista.

Al momento de estudiar el caso, el magistrado Vladímir Fernández de la Corte Constitucional partió del consentimiento, el cual en ciertas circunstancias debe ir acompañado de condiciones especiales, tales como ser obtenido antes de la producción del contenido (previo), sin ser coaccionado (libre) y bien explicado (informado).

El llamado al gobierno y Congreso

Con esta premisa, consideró que estos tres aspectos no se cumplieron con la entrevista de Mariana: “Si un creador de contenido o influencer, en ejercicio de actividad periodística, pública o divulga información íntima y utiliza la imagen de una persona sin obtener su consentimiento libre, previo e informado (…) vulnera sus derechos a la intimidad y a la propia imagen”.

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Acto seguido, la Corte Constitucional le ordenó a Diana que debía presentar disculpas públicas y eliminar la entrevista de los canales digitales. Además, declaró improcedente una tutela basada en el buen nombre y la honra por parte de la influencer; y tampoco le dio luz verde a los beneficios económicos solicitados por Mariana, indicando que hay otros mecanismos.

También le ordenó a la creadora de contenido que se abstenga de publicar en el futuro nuevamente el capítulo y le pidió adoptar medidas relacionadas con el consentimiento previo, libre e informado para próximos invitados.

Ahora bien, teniendo en cuenta el impacto que tienen las redes sociales, se exhortó al Ministerio de las TIC y al Congreso para que lleven a cabo una ley con la que haya regulación en torno a los contenidos y así evitar sucesos de esta índole nuevamente.

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