Motociclistas tienen un año para adquirir cascos que cumplan la nueva reglamentación

Los productores e importadores y vendedores de estos productos tendrán un año de transición para que cumplan con la norma técnica exigida


Motociclistas de Bogotá. Foto: AFP

Noticias RCN

marzo 21 de 2019
06:18 p. m.
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Tras dos años de trabajo continuo con la Agencia Nacional de Seguridad Vial  para garantizar y proteger la vida de los usuarios de motocicletas, este miércoles la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, firmó la resolución con la que expide el “Reglamento Técnico De Cascos Protectores Para el uso de Motocicletas, Cuatrimotos, Motocarros, Mototriciclos, y Similares”.

Dentro de las principales determinaciones de la norma está que los fabricantes, importadores, comercializadores y organismos de certificación serán responsables por el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas, entre las que se cuentan, por ejemplo, que debe cumplir con unos requisitos mínimos como son: Visión periférica, ensayo de rigidez, ángulo de apertura del visor, extensión de la coraza, ensayo de absorción de impactos y transmitancia luminosa, entre otros.

“El propósito es proteger la vida de los usuarios mediante el uso de un buen casco y con esta norma esperamos lograrlo, por lo que habrá una transición mínimo de un año para esta nueva regulación. En segundo lugar, el foco de control no serán los motociclistas, vamos a exigirles a los vendedores de cascos que los productos que vendan cumplan con los estándares mínimos de seguridad”, manifestó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, quien precisó que en ningún caso los motociclistas serán sancionados por esta medida.

De igual manera, los cascos deberán cumplir con la información descrita en el etiquetado la cual podrá estar en una o más etiquetas y deberá ser legible a simple vista, de manera veraz y completa. En este sentido, la etiqueta se colocará en lugar visible y de fácil acceso para consulta, adherida internamente de manera que no altere la estructura del producto y debe estar disponible al momento de su primera comercialización.

Igualmente, el etiquetado deberá evidenciar el país de origen del producto, el nombre del fabricante o importador; y la identificación del lote o su fecha de producción. El nombre del producto: (“Casco para uso en motocicleta y vehículos afines”), la talla del casco y la indicación del reglamento, estándar o norma técnica que cumple, la cual podrá venir en idioma inglés.

Estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) señalan que utilizar cascos certificados de forma adecuada disminuye el riesgo y gravedad del traumatismo en 72% y la probabilidad de muerte en 39%.

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