Alcaldía rechazó uso de cepo para castigar a cuatro adolescentes Emberá en Bogotá

Los jóvenes fueron liberados tras un diálogo entre la Secretaría de Integración Social y voceros de la comunidad en La Rioja.


Alcaldía rechazó uso de cepo para castigar a cuatro adolescentes emberá en Bogotá
Foto: @integracionbta en X

Noticias RCN

mayo 01 de 2025
12:01 p. m.
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Nuevamente la Alcaldía de Bogotá denunció el uso del cepo como forma de castigo a menores de edad de la comunidad Emberá asentada en La Rioja, en la localidad de Antonio Nariño, sur de Bogotá.

La Secretaría de Integración Social informó que cuatro adolescentes fueron castigados con el cepo el miércoles 30 de abril dentro el alojamiento temporal de la comunidad Emberá. Una vez conocidos los hechos, fue activada la ruta de protección para prevenir la vulneración de los derechos de los jóvenes.

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"El uso del cepo en menores de edad constituye una grave vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes, en contravía del artículo 44 de la Constitución y de la Ley 2089 de 2021, que prohíbe el castigo físico y los tratos crueles, humillantes o degradantes", indicó el Distrito en un comunicado.

Gracias a un diálogo intercultural con la comunidad y los voceros de La Rioja, la Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación e Integración Social se logró la liberación de los jóvenes.

El Distrito reitera que el uso del cepo en menores es una vulneración de sus derechos

La Alcaldía de Bogotá rechazó los hechos presentados el miércoles y reitera que los derechos de los niños y niñas están por encima de cualquier tradición o costumbre.

Además exhortó a la comunidad Emberá que está en la UPI La Florida abstenerse de utilizar el cepo como método de castigo de la justicia tradicional.

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"Ya que su aplicación en dicho lugar no se ajusta a los criterios jurisprudenciales desarrollados por la Corte Constitucional frente a los factores subjetivo, territorial, institucional y objetivo para la activación de la jurisdicción especial indígena, porque dicho predio es un bien fiscal del Distrito por lo que, como mínimo, no se cumple el factor territorial para la aplicación de la justicia tradicional indígena".

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