Funcionarios públicos no podrán volver a teletrabajar desde otra ciudad o país

Los funcionarios públicos no podrán teletrabajar en ciudades diferentes a las que fueron contratados inicialmente.


Funcionarios públicos no podrán teletrabajar
Foto: Pixabay

Noticias RCN

diciembre 12 de 2022
05:46 p. m.
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El teletrabajo fue implementado a raíz de la pandemia del covid-19 en el país, y varias empresas y sectores optaron por volverlo algo permanente o semipermanente para sus trabajadores. Sin embargo, este viene con algunas condiciones.

Según anunció el Departamento Administrativo de la Función Pública, no es posible que los servidores públicos del país que están bajo la modalidad de teletrabajo autónomo, ejerzan sus funciones desde ciudades o países diferentes a la que fueron contratados.

Lea además: Reducción de la jornada laboral en Colombia: ¿por qué genera opiniones divididas entre sectores?

¿Por qué no pueden irse a un lugar distinto?

La razón de esto es que para poder conceder esta forma de trabajo a los empleados, la administración pública debe verificar parámetros que le permitan asegurar las condiciones óptimas para el desempeño de las labores de sus funcionarios.

Al irse a otra ubicación, no es posible cumplir con esto.

“Uno de los deberes de la administración es la verificación de las condiciones del centro destinado al teletrabajo para el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con la asesoría de su Administradora de Riesgos Laborales”, señalaron en un comunicado.

Un funcionario público debe estar en la ciudad en la cual lo contrataron para ejercer su función. Al no estar, la administración no podría cumplir con su obligación de asegurar que el teletrabajador cuente con las condiciones físicas adecuadas, además no podría asegurar la definición de una jornada laboral que permita delimitar las responsabilidades en caso de accidentes laborales, evitar excesos de carga y respetar la intimidad familiar tanto del trabajador como de sus superiores.

Vea también: Impulsar el teletrabajo: lo que propone Claudia López para mejorar la movilidad en Bogotá

El teletrabajo en Colombia está reglamentado por la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 de 2012 y mediante la cartilla “Guía técnica para prevención y actuación en seguridad y salud en situaciones de riesgo en el teletrabajo” emitida por el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTIC), donde se señala las normas que tanto la administración pública como sus colaboradores deben seguir para optar por esta modalidad de trabajo.

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