Gloria Arizabaleta remitió ante la Comisión de Acusación y el presidente del Senado su decisión de suspender a Petro

La congresista rectificó el auto con el que pedía suspender al presidente por presunta participación indebida en política.


Representante Gloria Arizabaleta.
Representante Gloria Arizabaleta. Foto: Prensa Gloria Arizabaleta.

Noticias RCN

junio 10 de 2026
03:52 p. m.
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En las últimas horas, se presentó un hecho inédito: la presidenta de la Comisión de Acusación emitió un auto en el que suspendía al presidente Gustavo Petro.

¿Puede la Comisión de Acusación suspender provisionalmente al presidente Petro?
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Durante la época electoral, el tema de la participación indebida en política ha estado sobre la mesa. Muestra de ello es que algunos funcionarios han sido suspendidos por la Procuraduría por incurrir en esta práctica.

¿Cuál fue la solicitud?

Incluso, en la Comisión de Acusación se abrió una investigación por presunta participación indebida en política contra el presidente Petro. Los motivos radican en ciertos mensajes en X en los que se habría pronunciado acerca de la contienda.

Sumado a ello, el congresista del Centro Democrático, Hernán Cadavid, radicó hace pocos días una denuncia ante la comisión por los mismos hechos.

La sorpresa llegó en la mañana de este miércoles 10 de junio, cuando la presidenta de la Comisión de Acusación, Gloria Arizabaleta, radicó ante la secretaría un documento en el que pedía la suspensión provisional del mandatario hasta las 4:00 p.m. del domingo 21 de junio, día de la segunda vuelta.

¿Quién puede suspender al presidente?

El debate entonces se centró en las facultades que tiene la representante, quien fue elegida por el Pacto Histórico, acerca de suspender al jefe de Estado.

Presidente Petro se pronuncia sobre solicitud de Gloria Arizabaleta de suspenderlo del cargo
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La Constitución es clara en indicar lo siguiente en el artículo 194: “Son faltas temporales la licencia y la enfermedad, de conformidad con el artículo precedente, y la suspensión en el ejercicio del cargo decretada por el Senado, previa admisión pública de la acusación en el caso previsto en el numeral primero del artículo 175”.

A esto se le suma lo mencionado por el presidente del Senado, Lidio García, enfatizando que la comisión investiga, practica pruebas y presenta una acusación ante la plenaria de la Cámara; pero la suspensión queda en manos del Senado a través de un juicio político.

En ese orden de ideas, a la Corte Suprema llegó una denuncia contra la congresista Arizabaleta por presunto prevaricato por acción. Horas después, la representante remitió a la comisión y al presidente del Senado la decisión de suspender a Petro.

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