¿Qué pasará con los padres que agredan a sus hijos según ley 'antichancleta'?

La ley había sido sancionada en abril del 2021, pero una demanda por parte de dos abogados, respaldada por Minjusticia e ICBF, llevó a unas modificaciones.


Modificaciones a ley 'antichancleta' traen consecuencias a padres
Maltrato infantil, referencia - Pixabay

Noticias RCN

febrero 24 de 2022
09:56 p. m.
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En abril del 2021 fue sancionada por el presidente Iván Duque la ley 2089 de 2021, o ley 'antichancleta',  la cual prohibió el castigo físico a menores de edad en el país. Pese a esto, hubo dos abogados que demandaron la ley considerando que en varios apartados del texto de esta norma daba vía para que los castigos físicos se siguieran dando sin que hubiera sanciones severas.

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Esta demanda fue apoyada en ciertos puntos por el Ministerio de Justicia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). 

Se pedía a la Corte Constitucional modificar el parágrafo que define al castigo físico como una medida propia de la “crianza, orientación o educación” de los padres hacía sus hijos puesto que va en contravía, literalmente, de lo que quiso proteger la ley.

Ante esto, se conoció que la Corte hizo algunos ajustes a la norma este jueves 24 de febrero, siguiendo la solicitud de los demandantes. 

¿Qué consecuencias legales trae el maltrato físico a los hijos?

Tanto el demandante como el Gobierno argumentan que el castigo físico no se puede avalar como una forma de educación o de orientación, advirtiendo que la misma ley es muy clara en prohibir este tipo de castigos como una medida correctiva para aplicar con los niños.

Debido a las modificaciones hechas a la ley, ahora los padres que maltraten físicamente a sus hijos perderán la patria potestad o custodia de estos, según el expediente, "cuando la conducta sea reiterativa y además afecte la salud mental o física del niño".

Adicionalmente, se podrían iniciar procesos de emancipación por parte de los menores.

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Debido a este vacío, los demandantes junto con el Ministerio de Justicia y el ICBF pidieron establecer que deberá valorar el respectivo juez de conocimiento cuando se presenta una situación y “las circunstancias que rodean al menor afectado”. Esto con el fin de evitar malas interpretaciones en la aplicación de la ley.

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