Se revela la lista de pensionados que NO deben declarar renta para este 2026: téngalo en cuenta

Tras la actualización del UVT por parte de la DIAN, estos son los jubilados que tienen que cumplir con esta obligación.


Embargo de pensión
Foto: Freepik

Noticias RCN

enero 14 de 2026
07:40 a. m.
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Con el comienzo de un nuevo año, son varios los ajustes que se han empezado a realizar y los cuales tienen al bolsillo de los colombianos como el directo implicado.

En este inicio del 2026, la DIAN fijó la Unidad de Valor Tributario (UVT) en $52.374, un indicador clave para calcular las obligaciones fiscales en Colombia.

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El valor conocido, sin duda alguna, tiene un directo impacto en los contribuyentes, entre ellos los pensionados, quienes entran en el listado, ya sea por vejez, invalidez, sustitución, sobreviviente o riesgos profesionales.

Estos son los pensionados que NO deberán cumplir con la declaración de renta en 2026

Para este 2026, los límites se calculan basados en la Unidad de Valor Tributario (UVT) fijada para el periodo anterior (2025). Usted deberá declarar si durante el año pasado cumplió con al menos una de estas condiciones:

  • Ingresos brutos: Si el total de sus ingresos (incluyendo la mesada pensional y otros ingresos adicionales) fue igual o superior a $69.719.000 (1.400 UVT).
  • Patrimonio bruto: Si sus bienes (casa, vehículo, ahorros) sumaron más de $224.096.000 (4.500 UVT) al 31 de diciembre de 2025.
  • Consumos y compras: Si realizó compras con tarjeta de crédito o consumos totales superiores a $69.719.000.
  • Consignaciones bancarias: Si el valor total de depósitos o inversiones financieras en sus cuentas superó los $69.719.000.

Es fundamental aclarar una confusión común: declarar no es lo mismo que pagar. El sistema tributario colombiano protege la mayoría de las pensiones.

Según el Artículo 206 del Estatuto Tributario, las mesadas están exentas hasta las 1.000 UVT mensuales. Esto significa que solo quienes perciben una pensión superior a los 49.7 millones de pesos mensuales (valor 2025) verían su ingreso pensional afectado por el impuesto.

Sin embargo, si el pensionado tiene otros ingresos —como arriendos, honorarios o dividendos—, estos sí podrían generar un saldo a pagar al sumarse en la depuración de las cédulas tributarias.

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