¿Físico o digital? El carné de vacunación que deberá presentar para ingresar a eventos

El Ministerio de Salud respondió algunas de las preguntas más frecuentes sobre la implementación del carné de vacunación obligatorio en Colombia.


Carné de vacunación
Foto: AFP

Noticias RCN

noviembre 04 de 2021
08:14 a. m.
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Tras anunciar que a partir del 16 de noviembre todos los mayores de 18 años deberán presentar el carné de vacunación covid-19 para ingresar a cualquier evento que implique aglomeración, el Ministerio explicó otros alcances de la medida.

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¿Se deberá presentar el carné físico o digital?

Según el director de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, Gerson Bermont, por el momento el documento principal será el físico, esto debido a que “hay un retraso en el cargue de Paiweb con el proceso de vacunación (...), pero en un futuro el código QR será el establecido oficialmente”, explicó.

¿Un carné de vacunación del exterior será válido?

El Ministerio aclaró que sí. Las personas que tienen un certificado de inmunización emitido en el exterior podrán usarlo en Colombia, sin embargo, deben acercarse a las IPS para que les entreguen el nacional y obtener el código QR del mismo.

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¿El certificado será requerido en las iglesias?

De acuerdo a Bermont, las medidas del decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021, aplican para lugares y actividades de ocio, es decir que “para ingresar a una iglesia, al culto que todos tienen derecho, no se necesita. pero si se va a hacer un evento de la parroquia ahí si se tendrá que exigir”.

¿Y en los espacios abiertos?

No será necesario en aquellos eventos en espacios abiertos que permitan mantener un metro de distancia entre las personas. Solo se aplicará para aquellos en los que no se pueda cumplir con la medida.

“Los alcaldes serán los responsables”

Lea además: Carné de vacunación será obligatorio para entrar a sitios públicos en Colombia

Bermont enfatizó que se trata de un decreto presidencial al que todos los alcaldes del país deben acogerse, por lo que la responsabilidad para el debido cumplimiento en cada uno de los territorios recae en los mandatarios.

“Los alcaldes serán los responsables de implementar el decreto y quienes deben hacerlo cumplir son los dueños de cada establecimiento. Si hay un establecimiento que no cumple la medida entrará a regir el Código de Policía, que va desde llamado de atención hasta el cierre del lugar. Además, cualquier sanción al respecto será sobre el propietario y no el ciudadano. Los alcaldes darán las instrucciones necesarias a sus cuerpos de Policía sobre cómo actuar”, detalló.

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