¿Mancuso y ‘Jorge 40’ abren una puerta a que cualquier paramilitar vaya a la JEP?

Esta Jurisdicción les da una “última oportunidad” a los exjefes paramilitares para “decir toda la verdad sobre el conflicto armado”.


Salvatore Mancuso y ‘Jorge 40’, exjefes paramilitares.
Salvatore Mancuso y ‘Jorge 40’, exjefes paramilitares. / Foto: AFP, Noticias RCN y JEP

Noticias RCN

septiembre 01 de 2022
09:05 a. m.
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Este miércoles la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le abrió la puerta a los exparamilitares Salvatore Mancuso y Rodrigo Tovar Pupo. Les dio una “última oportunidad” de “ofrecer verdad a la sociedad colombiana” y demostrar que participaron de actividades de la Fuerza Pública, para poder ingresar a esta Jurisdicción.

Y es que la Sección de Apelación, tras estudiar los recursos de ambos, a quienes ya les han rechazado su solicitud de ingreso, decidió darles una última oportunidad, a pesar de que otra sala de esa Jurisdicción había confirmado que solo pueden someterse integrantes de la Fuerza Pública, terceros civiles y exmiembros de las Farc.

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Mancuso, privado de la libertad en Estados Unidos, y Tovar Pupo, que está en Colombia tras ser deportado en 2020, deberán rendir testimonio en dos audiencias públicas con la Procuraduría y las víctimas presentes y, luego, la JEP decidirá si fueron sujetos incorporados funcional y materialmente de la Fuerza Pública.

En esas audiencias, los exjefes paramilitares tendrán que contar toda la verdad sobre sus vínculos con las Fuerzas Militares y de Policía y, dependiendo de sus testimonios, se evaluará un posible sometimiento a la JEP. Además, Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP, ordenó medidas de seguridad para ellos y su círculo cercano.

¿Cualquier paramilitar puede acudir a la JEP?

Cifuentes dejó claro que la situación de Mancuso y Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, no es la misma para todos los exparamilitares. Únicamente a los que se encuentran “en el vértice de su organización criminal” y puedan ir “generando, aceptando o propiciando de cualquier modo un alineamiento concertado al servicio de la Fuerza Pública o tolerado por ésta”.

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Los paramilitares no ingresan a esta jurisdicción, aquí se trata de los máximos líderes del paramilitarismo que han puesto al servicio de la Fuerza Pública sus redes y ejecutaron conjuntamente patrones de macrocriminalidad que esta jurisdicción tiene que juzgar y condenar”, explicó Cifuentes, quien ratificó que esta “última oportunidad” no los somete automáticamente a la JEP como sujetos incorporados funcional y materialmente a la Fuerza Pública. Simplemente es una opción para que lo demuestren y sus testimonios sean contrastados rigurosamente.

Además, se supo que este anuncio de la JEP no es una citación oficial a Mancuso y ‘Jorge 40’. Los exparamilitares deberán manifestar sus intenciones de ir a las audiencias, que serán citadas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

“Esta es una verdad que las víctimas necesitan, se trata de crímenes en los cuales de manera conjunta operó la Fuerza Pública con los cabecillas máximos del paramilitarismo”, agregó el presidente de la JEP, que confirmó que esta situación se da en el marco del caso que investiga crímenes cometidos por las Fuerza Pública en acciones conjuntos con los paramilitares.

“Cuando un comandante paramilitar pone al servicio de los miembros de la fuerza pública el grupo armado organizado sobre el que tiene pleno dominio para cometer conjuntamente crímenes del conflicto no le es aplicable la regla general de exclusión. Por el contrario, en esta situación límite y puntual, dicho sujeto puede eventualmente ser percibido como incorporado funcional y materialmente al Estado y, por ello, compareciente ante la JEP”, concluyó la Sección de Apelación.

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