Estos son los docentes que NO recibirán la prima de junio por esta razón: tome nota
Conozca que grupo no recibirá la prestación social.
Mateo Alfonso Rey
12:26 p. m.
Con la llegada de junio de 2026, las cuentas bancarias de los trabajadores colombianos aguardan el tradicional alivio financiero de la prima de servicios de mitad de año. Sin embargo, en el gremio de los educadores el panorama no es homogéneo.
Mientras que la gran mayoría de los docentes vinculados oficialmente al Magisterio cuentan con este beneficio prestacional por ley, existen tres grupos muy específicos de profesores que, debido a su tipo de vinculación, el estado de su jubilación o restricciones legales vigentes, quedarán completamente excluidos de este pago en las próximas semanas.
Las exclusiones responden tanto al régimen prestacional de los trabajadores activos como a las estrictas modificaciones en materia pensional que arrastra el país desde hace un par de décadas.
Docentes que NO recibirán la prima de junio
El primer gran grupo excluido corresponde a los docentes que dictan clases en instituciones públicas o privadas bajo contratos que no configuran una relación laboral tradicional subordinada.
Los profesores contratados por prestación de servicios actúan como trabajadores independientes, por lo que legalmente no devengan prestaciones sociales. De igual manera, en el ámbito de la educación superior, los docentes ocasionales o catedráticos cuyas resoluciones de vinculación sean transitorias (por periodos inferiores a un año) o tengan cláusulas específicas regidas por autonomías universitarias, con frecuencia quedan al margen del pago de la prima de servicios en junio, a menos que sus contratos alcancen proporcionalidades expresamente pactadas.
El foco se encuentra en los educadores pensionados. En Colombia, la prima de mitad de año para los jubilados se conoce técnicamente como la Mesada 14.
Bajo las restricciones del Acto Legislativo 01 de 2005, se determinó una eliminación progresiva de este beneficio para mitigar la carga fiscal del Estado.
En consecuencia, todos aquellos maestros que hayan adquirido su estatus pensional con posterioridad al 31 de julio de 2011 están totalmente excluidos de recibir el pago adicional de junio de 2026, sin importar que hayan dedicado toda su vida a las aulas públicas. Para ellos, el año se divide únicamente en 13 mesadas ordinarias.
Incluso para aquellos docentes que lograron jubilarse antes de las fechas límite impuestas por la reforma de 2005, existen topes regulatorios. No recibirán la prima en junio de 2026:
- Pensionados antes de julio de 2005 cuya mesada sea superior a los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (lo que popularmente se conoce como megapensiones).
- Pensionados entre 2005 y 2011 cuyos ingresos superen los 3 salarios mínimos mensuales.
- Docentes vinculados entre 1981 y 2003 que ya gocen del derecho a la Pensión Gracia, ya que los acuerdos firmados entre el Gobierno y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) diseñaron la prima pensional de mitad de año exclusivamente como un mecanismo de compensación para quienes no tenían acceso a dicho beneficio histórico.
