Bogotádiciembre 21, 2020hace 3 años

Lupa a fallo que ordena política de higiene menstrual a habitantes de calle

En una tutela la Corte Constitucional ordenó al Distrito entregar a mujeres habitantes de calle los elementos básicos de higiene menstrual y recibir la orientación profesional. Voces cuestionan cumplimiento de la sentencia. 

La Corte Constitucional adelantó el estudio de una tutela interpuesta por una habitante de calle que se encontraba en condición de pobreza, y quien señaló que “debido a sus escasos recursos, no cuenta con la capacidad para adquirir toallas higiénicas en la cantidad y la regularidad necesaria y, en consecuencia, debe usar trapos durante su período menstrual”.

En la solicitud, la habitante de calle también había indicado que no tiene conocimiento alguno sobre el cuidado de su zona íntima y tampoco ha recibido capacitación por parte de las entidades distritales sobre tal tema, motivando así una providencia judicial que ordenó al respecto que la Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá, D. C., y a la Secretaría de Integración Social de Bogotá, D. C. debían liderar y diseñar de manera coordinada, la política pública territorial en materia de manejo de higiene menstrual, orientada a propender por la salud de todas las habitantes de calle, teniendo en cuenta lo señalado en la denuncia.

Sin embargo, luego de conocer el fallo, el concejal de Bogotá Rolando González, cuestionó el cumplimiento de la decisión advirtiendo que las habitantes de calle se vieron obligadas a reciclar toallas higiénicas y trapos de las basuras para poder satisfacer las necesidades de salubridad que tenían.

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“Esta sentencia de la Corte ha sido tomada por varias ciudades del mundo como un ejemplo de salud pública en favor de la mujer, lastimosamente en Bogotá no hemos podido desarrollar un programa que permita que este fallo sea cumplido a cabalidad. Hago un llamado a las autoridades pertinentes, para que estas mujeres que fueron cobijadas por este fallo y que no cuentan con los recursos económicos para su higiene menstrual puedan recibir el suministro de material absorbente idóneo y las capacitaciones sobre su manejo”, señaló el cabildante.

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Radiografía de la situación de las mujeres habitantes de calle

- 32 % de las mujeres son jóvenes entre los 15 y los 29 años
- 23 % se concentran en las localidad de Mártires, 22 % en Puente Aranda y el 20 % en Santa Fé.
- 48 % de las mujeres empezaron a habitar en la calle desde hace más de 10 años y el 19% llevan entre los 5 y 10 años. 
- 73% de ellas no logró terminar su educación básica (colegio).

De acuerdo con el concejal González, el fallo ordena un sistema de registro adecuado sobre la elección del material y el número de entregas, de lo cual no existe certeza que se haya realizado.

"Este es un tema de salud pública y de prevención que no estamos evidenciando en la ciudad", denunció, a la vez que afirmó que esta situación afecta los derechos de las habitantes de calle, a la vez que dierecciona a situaciones "indignas e inhumanas", advirtiendo que estas ponen en riesgo la salud y la vida de estas mujeres. 

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"El gobierno de la alcaldesa Claudia López no ha cumplido esta sentencia", afirmó el concejal, a la vez que exhortó a las entidades correspondientes para que "se tomen en serio los fallos de la Corte".

 

Felipe Quintero - NoticiasRCN.com

por:Autor Noticias RCN

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