Caso MinTIC: A juicio verbal 5 personas, tres de ellas funcionarias del Ministerio

Se conocieron los nombres de las personas que irán a juicio verbal en el marco del polémico contrato del Ministerio de las TIC.


Noticias RCN

septiembre 22 de 2021
11:01 a. m.
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En el marco del polémico caso por el millonario contrato del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), la Procuraduría General de la Naciónformuló pliego de cargos a funcionarios de la cartera y otras personas por presuntas irregularidades en la adjudicación, celebración y ejecución del acuerdo.

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Por lo anterior, las siguientes personas deberán ir a juicio verbal:

  • Adriana Vanessa Meza Consuegra: secretaria general - MinTIC
  • Sandra Orjuela Méndez: subdirectora de Gestión Contractual - MinTIC
  • Camilo Alberto Jiménez Santofimio: director de Infraestructura - MinTIC
  • Luis Fernando Duque Torres, representante legal UT - Centros Poblados 2020
  • Paola Andrea Izquierdo Rivera: representante convencional del Consorcio “PE 2020 C Digitales”, que ejerce la interventoría del contrato en mención.

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Según la Procuraduría, las personas mencionadas tendrían las siguientes responsabilidades:

Adriana Vanessa Meza Consuegra:

Habría incurrido en “falta gravísima” por participar en la etapa precontractual de la licitación, y en la actividad contractual del contrato de aporte, “desconociendo los principios de economía, transparencia, responsabilidad y selección objetiva que rigen la contratación estatal”.

Además, tendría responsabilidad al abrir la licitación, adjudicar la región B del proceso de selección a la UT Centros Poblados Colombia y celebrar con esta misma el contrato, “con estudios previos insuficientes y pliegos de condiciones carentes de reglas objetivas y completas”.

“Fueron modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones técnicas, financieras y jurídicas definidas por el estructurador del proceso contractual (consultor – Consorcio Telbroad – Profit), que había sido contratado por el FonTIC por 2 mil millones de pesos, con la finalidad de elaborar la estructuración del proyecto de acceso público a internet para zonas rurales, sin que para tales modificaciones contaran con los estudios y análisis técnicos, jurídicos y financieros suficientes”, detalló el Ministerio Público.

Carlos Alberto Jiménez Santofimio:

Tenía a cargo la estructuración de los estudios previos y pliego de las condiciones del proceso contractual.

“Aparentemente permitió que fueran modificadas las conclusiones, recomendaciones y observaciones dispuestas por el consultor consorcio Telbroad – Profit, sin mediar estudios que sustentaran la modificación”.

Sandra Orjuela Méndez:

Habría incurrido en irregularidades en la etapa precontractual al desconocer los principios de selección objetiva, economía y responsabilidad, al habilitar la propuesta presentada por la UT Centros Poblados, pese a que, al parecer, no cumplía con los requisitos.

“Con su propuesta presentó garantía bancaria de seriedad de la misma, sin que esta hubiese sido expedida realmente por el Banco Itaú CorpBanca Colombia S.A, como lo aseveró el licitante en la oferta que presentó a la entidad contratante el 28 de octubre de 2020”, añadió la Procuraduría.

Duque Torres:

Habría falsificado las garantías bancarias suscritas por él y presentadas para amparar el buen manejo y correcta inversión del anticipo, el cumplimiento general del contrato y el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, respectivamente, del contrato estatal.

Lo anterior con “el fin de acreditar la existencia de las mismas y posibilitar el inicio de la etapa de ejecución contractual y el desembolso del valor pactado contractualmente a título de anticipo, pudiendo haber incurrido en el tipo disciplinario previsto en el artículo 55 de la ley 734 de 2002, que establece la falta disciplinaria del régimen de los particulares”.

Paola Andrea Izquierdo Rivera:

Fue vinculada al proceso en su condición de representante convencional del Consorcio “PE 2020 C Digitales” y “puede ver comprometida su responsabilidad disciplinaria al no haber verificado ni validado el cumplimiento de los requisitos para la realización del primer Comité Fiduciario del 26 de marzo del 2021”.

En dicho comité se aprobó que “el contratista utilizara los recursos, con cargo al primer desembolso a título de anticipo, toda vez que no verificó, ni garantizó la correcta citación al Banco ITAÚ al comité, porque de haberlo hecho, se habría evidenciado la falsedad de la que adolecía la garantía bancaria, antes del desembolso del valor del anticipo por parte del FonTIC”.

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