Rebaja de la ejecución de la pena en un 60%: ¿qué implica la propuesta del Gobierno Nacional?

El nuevo proyecto de sometimiento para los grupos armados ilegales plantea una reducción de penas del 60%. Conozca de qué se trata.


Proyecto de sometimiento para los grupos armados ilegales
Imagen de referencia - Foto: Freepik

Noticias RCN

septiembre 23 de 2022
01:56 p. m.
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El borrador del nuevo proyecto de sometimiento para los grupos armados ilegales en el que el Gobierno Nacional plantea una ruta para lograr su proyecto de paz total deja varios cuestionamientos sobre la mesa. Uno de ellos está relacionado con la rebaja de las penas que se propone con la reforma a la Ley 65 de 1993, código que regula el cumplimiento de las medidas de aseguramiento, la ejecución de las penas privativas, de la libertad personal y de las medidas de seguridad.

“Reubicar los beneficios en periodos tempranos para garantizar la efectividad de los fines de la pena y del sistema restaurativo, al que podrá acceder cualquier persona cuya condena incluya un componente restaurativo”.

Según el documento, "la pena máxima por concurso será por 50 años y la máxima para los tipos penales será de 40 años". De acuerdo con la explicación del abogado penalista Francisco Bernate a NoticiasRCN.com, lo primero y lo más importante es que se plantea reducir el término máximo de la prisión. “En nuestra historia siempre había sido de 50 años, una reforma del año 2004 lo elevó a los 60 años. Resulta saludable retomar el sendero de la resocialización y que establezcamos un máximo de 50 años”.

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Como lo explica el borrador, se plantea una rebaja de hasta 60% en las penas. Cabe mencionar que “en la actualidad, cuando una persona se declara culpable en una primera audiencia y ha reintegrado el valor de lo que obtuvo como enriquecimiento del hecho, se le reduce un 50% de la sanción, aquí se plantea una reducción del 60%”, aclaró Bernate.

Para ejemplificar el cambio que representaría que se aplicarán las modificaciones, el abogado explicó que la diferencia no es significativa porque en la actualidad existe ya un descuento del 50% y se pretende pasar al 60%, es decir, el aumento sería del 10%.

En el caso de un homicidio que es condenado a 50 años, hoy su pena queda en 25 años si se declara culpable en primera instancia, con el proyecto quedaría de 22 años. En el caso del narcotráfico las condenas son entre 20 y 30 años de prisión, hoy en día quedarían entre 10 y 15 y con la rebaja se establecería entre 9 a 13.5. años “El beneficio adicional que establece no es un aspecto alarmante”, afirmó.

Esto implica que cualquier persona que esté condenada a esa pena máxima de 50 años y que haya obtenido beneficios de hasta un 60% por colaboración eficaz, iniciará su tránsito penitenciario en periodo cerrado y será remitido por un juez de conocimiento al programa de restauración y reinserción especial del Inpec. En este punto se propone un tratamiento distinto que depende del tiempo de condena cumplido, por ejemplo:

  • Cuando se cumple una cuarta parte: el ciudadano podrá redimir la pena en la misma proporción, con actividades de educación, trabajo y enseñanza.
  • Cuando se sobrepasa una cuarta parte de la pena: la persona podrá acceder al beneficio de las 72 horas, que consiste en un permiso que hace parte de la reinserción social y permite al condenado salir del establecimiento penitenciario por un periodo de hasta 3 días. Cabe mencionar que en el borrador se menciona que el tiempo de salida será destinado a actividades del Plan de Restauración y Reinserción especial.

Sobre este tema, el abogado expresó que la decisión no es nueva en la ley colombiana, por lo tanto, no se crea un incentivo, sino que se mantiene el que hoy en día existe para reclusos con buen comportamiento, que no estén en prisiones de alta seguridad y que hayan cumplido con parte importante de la condena cumplida. “Por supuesto que durante este tiempo no están sujetos a vigilancia”, explicó.

  • Cuando se cumplen dos quintas partes de la pena: el condenado accederá a permisos de 15 días, que además podrán aumentar a medida que avance el tiempo del recluso en una cárcel. Para quienes integren el programa de restitución y reinserción especial, el beneficio se volverá más frecuente, dependiendo de que se lleven a cabo las actividades impuestas. "Sobre este tema no hay en Colombia un antecedente. Lo que si existe es el derecho a la libertad condicional”, afirmó Bernate. 

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  • Cuando se cumple la mitad de la pena: como se hace tradicionalmente, el preso podrá acceder a los subrogados clásicos de prisión domiciliaria, que para los integrantes de estructuras criminales que se acojan al plan, será prisión comunitaria. Este concepto ha despertado dudas por no estar totalmente claro respecto a cómo funcionará. Frente a ello, Francisco Bernate consideró que algo similar ocurrió con la relegación a colonias agrícolas que existió en Colombia hasta los años 80, como lugares que permitían que la pena se cumpliera en un lugar diferente a la cárcel, “seguramente a esto apuntan estos lugares comunitarios”, dijo.

Si este beneficio le es negado, está también la posibilidad de acceder a la libertad preparatoria, en la que el recluso se va a trabajar a cargo de una empresa o persona reconocida y vuelve a dormir a la cárcel.

Casos particulares de cambio en las penas

Para los miembros de estructuras de crimen organizado de alto impacto que cometieron dentro de la organización delitos menores como concierto para delinquir o porte de armas, y tienen una pena de 10 años con una rebaja en su ejecución del 60%, pagaría cuatro años y pasaría a un centro pagar el resto con trabajos comunitarios.

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