Estas son las cédulas que deben presentar la declaración de renta en esta semana del 18 al 21 de agosto

Conozca quiénes deben cumplir con el trámite tributario en esta semana.


Declaración de renta IA

Mateo Alfonso Rey

agosto 17 de 2026
01:48 p. m.
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Tras este puente festivo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reanuda el cronograma de vencimientos de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios para personas naturales, correspondiente al año gravable anterior.

A lo largo de la semana comprendida entre el martes 18 y el viernes 21 de agosto, miles de contribuyentes colombianos tendrán la fecha límite fijada por la autoridad tributaria para presentar y pagar sus obligaciones contables.

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El calendario oficial de la entidad opera en función de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) registrado en el Rut, el cual coincide en el caso de las personas naturales con el número de la cédula de ciudadanía (sin tener en cuenta el dígito de verificación).

Cédulas que deben declarar renta en esta semana (18 al 21 agosto)

Para esta jornada del ciclo fiscal nacional, la distribución de vencimientos se ha programado de la siguiente manera:

  • Martes 18 de agosto: Cédulas terminadas en 07 y 08.
  • Miércoles 19 de agosto: Cédulas terminadas en 09 y 10.
  • Jueves 20 de agosto: Cédulas terminadas en 11 y 12.
  • Viernes 21 de agosto: Cédulas terminadas en 13 y 14.

La DIAN reiteró que estar dentro del rango de dígitos de la semana no obliga automáticamente al pago, pero sí a verificar si se superó alguno de los topes fijados por la normativa impositiva.

Criterios para quedar obligado a declarar figuran

  • Poseer un patrimonio bruto al cierre del año gravable superior a $224.096.000 (4.500 UVT).
  • Haber obtenido ingresos brutos durante el año iguales o superiores a $69.719.000 (1.400 UVT).
  • Registrar compras, consumos totales o consumos mediante tarjeta de crédito superiores a $69.719.000 (1.400 UVT).
  • Registrar un valor acumulado en consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras mayor a $69.719.000 (1.400 UVT).

Las autoridades tributarias instaron a la ciudadanía a realizar el trámite con antelación haciendo uso de la firma electrónica a través de la plataforma web de la DIAN.

Omitir el cumplimiento dentro del plazo asignado según el documento de identidad genera consecuencias económicas: la sanción por extemporaneidad mínima es del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, la cual no podrá ser inferior a la sanción mínima fijada legalmente para la vigencia actual.

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