Así funciona el auxilio funerario para población vulnerable en Bogotá

La Secretaría de Integración Social de la capital entregó detalles sobre el funcionamiento de esta ayuda, encaminada a “dignificar a la población de escasos recursos”.


Auxilio funerario en Bogotá
Foto: Pixabay

Noticias RCN

julio 31 de 2020
11:47 a. m.
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En épocas en la que la situación económica de un importante sector de la población se ha visto trastocada por las secuelas de las medidas adoptadas por los Gobiernos para mitigar la expansión del coronavirus, y el número de muertos se ha disparado a causa de las complicaciones de salud generadas por la enfermedad, la Alcaldía de Bogotá confirmó la implementación de un auxilio funerario para las personas en situación de vulnerabilidad.

El programa que supone la cobertura total de los servicios funerarios está disponible para los familiares de las personas que no cuentan con los recursos para su entierro, y aplica también para casos diferentes a los decesos generados por la enfermedad pandémica.

Según Xinia Navarro, secretaria de Integración social, esta ayuda busca “acompañar ese momento en condiciones de dignidad para el entorno de esa persona que partió”, advirtiendo que existe una serie de requisitos para poder acceder a este.

Dentro de las condiciones establecidas por el Distrito para el acceso al apoyo se especifica que la persona fallecida y sus familiares deben residir en Bogotá, demostrar bajo nivel de ingresos, carecer de seguro exequial y acreditar que la persona fallecida no es pensionada.

Estas condiciones serán verificadas por subdirecciones locales a través de una entrevista telefónica.

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A su vez, para el acceso al auxilio se deberá presentar una serie de documentación que comprende: cédula de ciudadanía, recibo de servicio público no mayor a tres meses, documentos de la persona fallecida y del solicitante.

De igual modo, la Secretaría de Integración social aclara que, en los casos de muerte natural, a los documentos anteriormente mencionados se debe anexar el certificado de defunción, mientras que en los casos de muertes violentas, el certificado deberá ser expedido por la Fiscalía y Medicina Legal.

La Secretaría aclara que las personas que necesitan el apoyo deberán comunicarse a las líneas de atención permanente 3108662767 – 3108664951, aclarando que el auxilio también cobijará a los casos de muerte por Covid -19.

 La aplicación de mencionado auxilio radica en la suscripción de un convenio entre la dependencia distrital y la empresa funeraria Montesacro.

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