Consejo de Estado: Petro se saltó competencias con el POT
El Alto Tribunal es claro en señalar que el alcalde no podía "adoptar el proyecto por decreto".
Noticias RCN
septiembre 25 de 2013
10:07 a. m.
10:07 a. m.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitió ese concepto ante la solicitud de revisión solicitada sobre tres puntos clave del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT).
En el documento que conoció RCN La Radio en primicia, se establece que si el Concejo de Bogotá no aprobó en diferentes sesiones el proyecto de acuerdo de revisión o modificación del POT de la ciudad, "el alcalde no puede adoptar el proyecto por decreto, pues se estaría saltando las funciones legales del cabildo distrital".
La Sala de Consulta explica que "es claro por consiguiente que si el Concejo, en comisión o en plenaria, decide no aprobar el proyecto de acuerdo de una revisión o modificación del POT, el Alcalde no puede adoptar el proyecto por decreto, pues estaría contrariando y desconociendo las facultades constitucionales y legales del Concejo".
El actual Plan de Ordenamiento Territorial de la capital colombiana, adoptado mediante decreto en el año 2000, tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.
El documento del alto tribunal explica además que los POT deben ser revisados por los Concejos municipales o distritales cada 12 años.
Agrega que "serán archivados los proyectos que no recibieren aprobación en primer debate" y también que "serán archivados los proyectos de acuerdo en los que se aprobó ponencia negativa en primero o segundo debate".
Precisamente y según la Secretaría de Planeación de Bogotá, el proyecto para modificar el POT se presentó una sola vez a la Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo del Concejo, y allí no se tomó ninguna determinación. Luego del plazo de los 90 días o más, el alcalde decretó esa modificación por decreto.
"Si el Concejo Distrital en primer debate o en plenaria ha tomado la decisión de no aprobar el proyecto de acuerdo de revisión o modificación del POT, el proyecto debe ser archivado y en tal caso no resulta conforme a Derecho que el Alcalde Mayor adopte la revisión o modificación del POT por decreto".
Con base en el concepto anterior, la Sala de Consulta del alto tribunal dice que si el alcalde decreta el POT esto "equivaldría a desconocer la competencia constitucional y legal de que está investido el Concejo Distrital en este materia, conforme se ha analizado".
Por otra parte, la Sala de Consulta del Consejo de Estado expresa que el proyecto de modificación del POT "debe ser archivado", si en la Comisión Primera del Concejo "no ha sido aprobado en primer debate" o porque se "aprobó ponencia negativa" de la iniciativa, aunque también convienen en otros términos y conceptos con los que el Alcalde podrá expedir la norma por decreto.
En la alcaldía de Antanas Mockus (2003) se presentó el proyecto de revisión del POT y fue el mismo exmandatario quien expidió el decreto para revisarlo y posteriormente ejecutarlo en las administraciones de Luis Eduardo Garzón (2004–2007), Samuel Moreno (2008–2011) y en la de Gustavo Petro desde 2012, hasta el 31 de diciembre de 2015.
El concepto fue firmado el pasado 2 de septiembre por el presidente de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, magistrado William Zambraño Cetina, y los consejeros de Estado, Germán Bula, Álvaro Namén, Oscar Alberto Reyes y el magistrado ponente Augusto Hernández Becerra.
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