Corte Constitucional revivió revocatoria del alcalde Gustavo Petro

La Sala de Revisión decidió este martes fallar a favor de una tutela radica en contra de la resolución de la Registraduría que había frenado el trámite de revocatoria.


Petro aseguró que no está estipulado el derecho a matar animales. Foto: AFP

Noticias RCN

marzo 17 de 2015
09:54 p. m.
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La Sala de Revisión de la Corte Constitucional falló a favor de una tutela radicada en contra de una resolución de la Registraduría, que había negado la convocatoria para revocar del cargo al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
Según los argumentos que fueron conocidos dentro de esta acción de tutela, la Corte Constitucional ordenó a la Registraduría que en el término de dos meses dé trámite a la revocatoria del mandatario Distrital, al considerar que esa entidad estaba violando el derecho político de los ciudadanos.
El alto tribunal acogió la ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, quien advertía que los argumentos presentados por un ciudadano en la acción judicial fueron válidos, al considerar que la Registraduría con la Resolución 340 del 13 de enero de 2014 vulneró los derechos de los bogotanos para decidir si el alcalde Petro debe continuar en su cargo.
El alcalde de Bogotá aseguró en su cuenta de Twitter que se asumirá el proceso de refrendación popular.
"Superada la fase de protección de Bogotá Humana por medidas cautelares, ahora nueva prueba: asumir el proceso de refrendarla popularmente", dijo en la red social.
Este martes, los magistrados del Consejo de Estado dejaron en firme las medidas cautelares que le dictó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a Petro, ratificándolo así en su cargo y desestimando la sanción impuesta por la Procuraduría. 
El alcalde Petro había sido destituido e inhabilitado por la Procuraduría para ocupar cargos públicos durante 15 años, en diciembre del año 2012, por las irregularidades que según la entidad se cometieron con la implementación del nuevo modelo de recolección de basura en la ciudad. 
Ante la CIDH, los abogados del alcalde afirmaron que la decisión del ministerio Público restringía los derechos políticos de Petro, ya que no le permitía participar en procesos electorales durante más de 10 años.
Este argumento fue avalado por el tribunal internacional y en las últimas horas, acogido por el Consejo de Estado.
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