"Decisión contradice Convención Americana de DD.HH.": HRW

José Miguel Vivanco, director para Las Américas de Human Rights Watch, habló en Voces RCN sobre la destitución del alcalde Gustavo Petro.


José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch.

Noticias RCN

enero 14 de 2014
07:29 a. m.
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El director para Las Américas de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, aseguró en RCN La Radio que la decisión de la Procuraduría de ratificar la destitución e inhabilidad del alcalde Gustavo Petro por 15 años evidencia una contradicción con la Convención Americana de Derechos Humanos.
"La decisión del procurador, Alejandro Ordóñez, está en directa contradicción con las obligaciones jurídicas internacionales asumidas por Colombia y ratificadas en la Convención Americana  en el artículo 23, es cuestión de leer el artículo", precisó Vivanco.
Aseguró que la decisión del procurador Alejandro Ordóñez fue inequívoca y enfatizo en que una decisión tan importante como esta no puede ser tomada por un funcionario público.
"De lo que se trata precisamente es garantizarle a los electores que las autoridades elegidas podrán perder su mandato, pues nadie está por encima de la ley, sin embargo para que se suspenda un mandato y se destituya a una autoridad elegida esa decisión debe ser tomada, como dice la Convención Americana, por un tribunal competente, debe ser el fruto de una condena penal, y no la decisión de un funcionario administrativo", reprochó el director para Las Américas de Human Rights Watch.
Vivanco hizo énfasis en que Gustavo Petro no cometio ningún delito, por lo cual la medida es drástica.
"No hay que olvidar que aquí no hay crímenes involucrados, no hay delitos, es por eso que creo que el caso debe ser conocido por la vía de las medidas cautelares", puntualizó.
En relación a la contradicción a la que hace referencia por los poderes que le da la Constitución de Colombia al Procurador, Vivanco dijo que "yo entiendo que se le faculte al procurador tanto en la Constitución como en la ley para iniciar investigaciones disciplinarias, investigación que puede concluir de mil maneras, pero no creo que exista una autorización constitucional expresa en la Constitución para que una autoridad administrativa pueda ordenar la destitución de una autoridad elegida, en una circunstancia donde el daño irreparable es obvio". 
"Aquí la contradicción es evidente (…) A lo que le veo viabilidad es el ejercicio por parte de la Comisión Interamericana de medidas cautelares que permitan impedir un daño irreparable", finalizó.
NoticiasRCN.com/RCN La Radio
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