Jefes de las Farc no podrían participar en política

Además, militares condenados por acciones del conflicto armado no accederían a beneficios de justicia transicional.


Se espera que tanto las Farc como los demás involucrados en los diálogos de paz se pronuncien. Foto: AFP.

Noticias RCN

agosto 04 de 2014
01:43 p. m.
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Al contrario de lo que planteaba la ponencia del marco jurídico para la paz del magistrado Alberto Rojas, quien tuvo que abandonar su cargo en la Corte Constitucional tras la decisión del Consejo de Estado de declarar nula su elección, la nueva ponencia de la magistrada encargada Marta Sáchica, dice que una vez que se firme la paz con la guerrilla de las Farc los jefes de esa organización y quienes sean máximos responsables  de delitos de lesa humanidad, no podrán participar en política. 

Esto, al considerar que la prohibición que dictó el Congreso de la República, para que los máximos responsables de delitos de lesa humanidad puedan ocupar cargos públicos, es acorde a las disposiciones internacionales, que castigan que agresores sistemáticos de la población lleguen a dirigir los designios de una nación. 

Además, de estos cambios, la ponencia que ahora será estudiada por la Corte Constitucional, al contrario de la de Rojas, tampoco plantea que agentes del Estado sean beneficiados con la justicia transicional, que sí cobijará a los miembros de las Farc.

En su ponencia, Sáchica no plasmó diferencias entre acciones ilegales de las Fuerzas Militares y delitos políticos, por lo que no estaría permitido que militares condenados sean elegidos representantes de la sociedad. 

Ahora se espera que tanto las Farc como los demás involucrados en los diálogos de paz se pronuncien. 

En el mes de mayo de este año, el fiscal general, Eduardo Montealegre, pidió que a los jefes de las Farc se les permitiera participar en política. "Yo propongo que aunque sean sancionados y sean condenados por delitos de lesa humanidad puedan participar en política como un gesto de reconciliación de toda la sociedad", señaló el fiscal en su momento.

Además, el mismo Montealegre había asegurado que la justicia transicional también cobijaría a los militares.  "La Constitución permite que entren en el marco de una justicia transicional, y en el esquema jurídico solo debe excluir los falsos positivos, los demás, es decir, las muertes en combate, en donde haya ejercicio excesivo de la fuerza, incluso en casos de muertes extrajudiciales, homicidios en personas protegidas, delitos en los que pudieron haber incurrido los militares durante el conflicto, pueden entrar en el marco de la justicia transicional", apuntó en su momento el jefe del ente acusador.

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