¿Trabaja como empleado doméstico? Entérese cuánto le deben pagar de prima

Si su trabajo aplica para la prima de servicios, debe saber cómo calcular el pago que le corresponde.


¿Cómo calcular la prima para empleados domésticos?
¿Cómo calcular la prima para empleados domésticos? / Foto: archivo Noticias RCN.

Noticias RCN

junio 14 de 2022
10:40 p. m.
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El pago de dos primas al año es una obligatoriedad del empleador para con los trabajadores que tienen un contrato verbal o escrito. Es una prestación legal que se entrega cada seis meses: en junio y diciembre.

Sin embargo, para aquellos trabajadores que no tienen un contrato y trabajan ‘por días’, la prima también es un derecho que corresponde a la prestación social de los servicios prestados, proporcionales al tiempo laborado.

Para quiénes aplica el pago de prima 

Las personas que reciben prima son aquellas que estén bajo un contrato de trabajo, sin embargo, el Código Sustantivo del Trabajo indica que también “se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.

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¿Hasta cuándo hay plazo para pagar la prima de junio?

El pago de este beneficio debe ser proporcional al tiempo que ha laborado, sea diario, semanal o quincenal.

Los trabajadores dependientes recibirán un pago adicional equivalente a la mitad de su salario mensual para antes del 30 de junio. Esto aplica únicamente para los empleados que trabajaron durante el periodo completo.

Es decir, durante el mes de junio en cualquier momento, puede ser consignado el bono de prima para los empleados.

¿Cómo calcular el pago para trabajadores domésticos?

La prima de trabajadores domésticos se calcula a través de la siguiente fórmula: se ubica el total del salario por los días laborados y este resultado se divide en 360. 

Si el empleado laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas (restándolos a los días del año no trabajados). 

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