Invitan a empresas de Economía Naranja a acceder a exención de renta

La presentación de proyectos para aplicar a este beneficio se dará en tres momentos durante el año: marzo, julio y octubre de 2020.


Noticias RCN

febrero 25 de 2020
11:25 a. m.
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El viceministro de Creatividad y Economía Naranja, Felipe Buitrago, anunció durante una charla informativa promovida por el Ministerio de Cultura, Confecámaras y la Cámara de Comercio de Bogotá que, las empresas que pertenezcan a los sectores de la Economía Naranja podrán acceder al beneficio de exención de renta por un periodo de siete años (Ley 2010 de 2019, art. 91).

“Esta es una gran oportunidad para los emprendimientos de la Economía Naranja que buscan despegar o consolidarse. Les estamos ofreciendo las condiciones idóneas para que puedan dar el salto y pasar de un modelo productivo a uno sostenible y competitivo, contribuyendo a la generación de empleo en el país y al fortalecimiento de las industrias culturales y creativas”, precisó el Viceministro.

El incentivo fiscal va dirigido a personas jurídicas, cuyo objeto social esté exclusivamente ligado al desarrollo de actividades culturales, creativas y/o industrias de valor agregado tecnológico. El Congreso de la República también incluyó en este paquete las actividades relacionadas con deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre.

Según Confecámaras, durante 2019 se crearon un total de 9.122 empresas de Economía Naranja, lo que representa un crecimiento del 7,7 % en este segmento, comparado con el 2018.

Vea también: Gobierno invertirá 20.000 millones de pesos en la Economía Naranja

Requisitos para aplicar al beneficio

  • Pueden aplicar aquellas empresas que estén constituidas o que se constituyan antes del 31 de diciembre de 2021.
  • Deben ser contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario, y tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano.
  • Los ingresos brutos anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT (Unidad de Valor Tributario), que equivalen a $2.848.560.000 millones. La única excepción es para las actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este monto.´

Según el viceministro Felipe Buitrago, “las empresas que decidan aplicar deben garantizar una inversión mínima de 4.400 UVT, equivalente a $156.000.000 millones, en máximo tres años, relacionada con adquisición de propiedad, planta y equipo, y/o activos intangibles. De igual manera, deben generar un mínimo de tres empleos”.

Es importante aclarar que los administradores de la sociedad no califican como empleados para efectos de la exención en renta. Los empleos que se tendrán en cuenta son aquellos que estén directamente relacionados con la actividad cultural y creativa, o con el desarrollo tecnológico.

Una vez realizado el trámite virtual de inscripción, los documentos serán evaluados por un comité integrado por distintas dependencias del Ministerio de Cultura. Del 1 al 31 de marzo se podrá realizar el trámite por medio de la página www.economianaranja.gov.co.

Este Comité de Economía Naranja será el encargado de expedir el concepto previo que le permitirá a la empresa acceder a la exención de renta. El término para dar respuesta es de 30 días hábiles.

Le puede interesar: Su economía: ¿Qué es y que no es la economía Naranja?

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