Los cambios a tener en cuenta en la declaración de renta y la retención de fuente para 2024

Además de ello, hay que tener en cuenta el calendario tributario para cumplir con las fechas de pago.


Los cambios a tener en cuenta en la declaración de renta y la retención de fuente para 2024
Foto: Freepik

Noticias RCN

enero 09 de 2024
11:07 a. m.
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Para este año 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional (DIAN) dio a conocer ciertas modificaciones que habrá en la declaración de renta y otros ámbitos que le competen a los colombianos en materia de pagos. 

En el caso de la declaración de renta incorporará modificaciones derivadas de la reciente reforma tributaria. Estos cambios hacen referencia al proceso de recaudo del impuesto vinculado al pago de tributos por ingresos, movimientos y gastos del titular dentro del periodo fiscal establecido, las modificaciones que se revelaron hacen parte de diferentes directrices contenidas en la reforma tributaria aprobada el año anterior.

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Los cambios a tener en cuenta

Esto también sucede con la declaración y el pago de la retención de fuente. En esta última se quita mes a mes una parte del salario a las personas que tienen cierto nivel para hacer un recaudo anticipado de la declaración de renta y así se les reduce la carga al momento de pagar.

Con la reforma tributaria y todas las modificaciones este mecanismo se le aplicará a las personas que ganen 6,5 millones de pesos. Sin embargo, con el crecimiento de los salarios, se sugiere hacer retenciones virtuales.

¿Quiénes están exentos de declarar renta en el 2024?

Según la Dian, una de las principales modificaciones es que aquellos empleados asalariados que no sean responsables de impuestos a las ventas no estarán obligados a presentar la declaración de renta. Sin embargo, esta exención aplica únicamente si al menos el 80% de sus ingresos brutos provienen de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.

Además, la entidad definió que aquellos ciudadanos cuyo patrimonio bruto no supere los $211.7 millones al cierre del año fiscal estarán exentos de pagar este impuesto. De igual manera, aquellos cuyos ingresos brutos no alcancen o superen los $65.8 millones en el año gravable también estarán exentos.

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En cuanto al consumo mediante tarjetas de crédito, la Dian estableció que aquellos contribuyentes cuyos gastos no excedan los $65.8 millones estarán exentos del impuesto, manteniendo el mismo límite para consumos y compras.

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