Nuevas normas para patinetas y bicicletas eléctricas en Colombia: ¿Desde cuándo serán obligatorias?
Conozca las nuevas normas para patinetas y bicicletas eléctricas en Colombia. La lámina de identificación será obligatoria desde el 1 de enero de 2027 y habrá nuevas reglas de circulación.
Noticias RCN
07:56 a. m.
Las patinetas eléctricas y las bicicletas con asistencia eléctrica se han convertido en una alternativa de transporte cada vez más común en Colombia.
Su facilidad para movilizarse en medio del tráfico y su menor impacto ambiental han impulsado su uso en ciudades como Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla. Sin embargo, el crecimiento de estos vehículos también ha generado nuevos retos en materia de seguridad vial.
Por esta razón, el Ministerio de Transporte publicó la que sería la versión definitiva de la reglamentación que establecerá nuevas obligaciones para quienes utilicen patinetas eléctricas, scooters y bicicletas con pedaleo asistido o motor eléctrico de hasta 1.000 vatios (W).
Aunque el documento aún está en consulta pública y podría sufrir modificaciones, ya anticipa los principales cambios que deberán cumplir los usuarios.
La nueva "placa" será obligatoria desde el 1 de enero de 2027
Uno de los cambios más importantes está relacionado con la creación de una lámina de identificación, una especie de "placa" que deberá portar cada uno de estos vehículos livianos. La medida se encuentra contemplada en la Ley 2486 de 2025 y será obligatoria a partir del 1 de enero de 2027.
Los fabricantes y comercializadores deberán entregar los vehículos nuevos con esta identificación instalada. Por su parte, quienes ya tengan una bicicleta o patineta eléctrica deberán gestionar la elaboración de la lámina e instalarla en un lugar visible, siguiendo las especificaciones técnicas que establezca la reglamentación.
Pese a estas nuevas exigencias, estos vehículos continuarán exentos del SOAT y de la licencia de conducción, siempre que cumplan con las características definidas por la norma.
Estas son las nuevas reglas para circular en Colombia
La propuesta también incorpora medidas para reducir los accidentes de tránsito. Entre ellas se encuentra la obligación de usar chaleco reflectivo entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana, con el fin de mejorar la visibilidad de los conductores durante la noche.
Además, estará prohibido circular por andenes y puentes peatonales. Tampoco podrán transitar por carreteras nacionales ni por vías donde la velocidad máxima sea de 80 kilómetros por hora, salvo que exista una ciclorruta o ciclovía debidamente señalizada.
En las ciclovías, la velocidad máxima permitida será de 25 kilómetros por hora. No obstante, las autoridades locales podrán restringir la circulación de estos vehículos cuando existan razones de seguridad vial, operación o diseño de la infraestructura.
Por ahora, el proyecto continúa en consulta pública, por lo que algunos puntos podrían ajustarse antes de su aprobación definitiva. Sin embargo, las autoridades recomiendan a los usuarios mantenerse informados, ya que estas medidas buscan promover una movilidad más segura y ordenada en el país.


