Declaración de renta 2026: ¿Quiénes NO deben declarar y cuáles son los requisitos?
Si usted no cumple con estos requisitos no deberá presentar este trámite en los próximos meses.
Noticias RCN
06:53 a. m.
Muchos colombianos se preparan para la temporada tributaria. Sin embargo, no todos están obligados a realizar este trámite ante la DIAN. Conozca los topes de ingresos, compras y consumos para saber si queda exento este año.
La temporada de declaración de renta en 2026 genera dudas entre miles de contribuyentes que buscan saber si deben cumplir con esta obligación financiera. Para alivio de muchos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) exime a un grupo importante de ciudadanos si estos no superan ciertos límites de ingresos, patrimonio o consumos durante el año gravable anterior.
Si quiere evitarse el trámite (y los costos de un contador), es fundamental que revise detalladamente si cumple con las condiciones de exención establecidas por la ley para este año.
¿Quiénes NO deben declarar renta en 2026?
Por regla general, usted no tendrá que declarar renta este 2026 si su situación financiera se mantuvo por debajo de los límites clave fijados por la DIAN.
- Patrimonio bruto: Que el valor de sus bienes (casas, vehículos, cuentas bancarias, etc.) al último día del año gravable anterior no supere las 4.500 UVT (Unidades de Valor Tributario).
- Ingresos brutos: Que sus ingresos totales (salario, honorarios, arriendos, etc.) durante el año no sean iguales o superiores a 1.400 UVT.
- Consumos con tarjeta de crédito: Que los pagos realizados con sus tarjetas de crédito no superen las 1.400 UVT.
- Compras y consumos totales: Que el valor acumulado de sus compras y consumos durante el año no exceda las 1.400 UVT.
- Consignaciones bancarias: Que el acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no supere las 1.400 UVT.
Para quedar exento de la obligación, debe cumplir todos los requisitos anteriores. Si sobrepasa tan solo uno de estos límites (por ejemplo, si sus ingresos fueron bajos pero acumuló muchas consignaciones o compró un vehículo costoso), estará obligado a declarar.
¿Qué pasa si no declaro debiendo hacerlo?
Presentar la declaración fuera de las fechas del calendario tributario oficial de la DIAN, o no presentarla en absoluto, acarrea una sanción por extemporaneidad. Esta multa equivale al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, sin que la sanción mínima pueda ser inferior a los límites de ley estipulados para este año.
Por ello, la recomendación de los expertos es revisar la información exógena directamente en el portal transaccional de la DIAN unas semanas antes del vencimiento de su documento de identidad. Allí podrá verificar exactamente qué reportaron los bancos, notarías y empresas sobre sus movimientos financieros.

