Suspenden más de 33.000 licencias de conducción por reincidencia de comparendos

La licencia de conducción puede ser suspendida si comete más de una falta en seis meses.


Banco de almacenamiento de licencias de la Secretaría de Movilidad de Bogotá.
Banco de almacenamiento de licencias de la Secretaría de Movilidad de Bogotá. NoticiasRCN.com

Noticias RCN

septiembre 09 de 2019
11:57 a. m.
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La Secretaría de Movilidad de Bogotá anunció la suspensión de 33.117 licencias de conducción a ciudadanos que cometieron más de una falta a cualquiera de las normas de tránsito en un período de seis meses en lo corrido de 2019.

Según el Código Nacional de Tránsito, en su artículo 124 establece que: “En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses”.

Es importante que quienes tengan la licencia de conducción suspendida sepan que conducir un vehículo mientras existe la suspensión es un delito contemplado en el Código Penal”, aseguró el secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo.

Una vez establecida la suspensión mediante Resolución, la Secretaría de Movilidad procede a notificar a dichos ciudadanos, de conformidad con lo establecido en la ley 1437 del 2011, enviando citaciones a las direcciones registradas en el RUNT y continuando con los procesos de notificación que establece mencionada ley. 

Cuando son notificados los ciudadanos, de acuerdo al Código de Procedimiento Administrativo, se generan las medidas sancionatorias y se hace el reporte al RUNT.

Una vez registrada la sanción en la página web del RUNT no puede ser modificada con la interposición del recurso.

Desde 2017 se han suspendido un total de 63.000 licencias por la misma causa.

Tenga en cuenta

  • Una vez en firme la sanción, no proceden las acciones legales que promueven los tramitadores, quienes ofrecen falsas expectativas legales que sólo redundan en pérdidas de tiempo y dinero para los ciudadanos.
  • Las dos infracciones dentro del período de seis meses que conllevan a la suspensión pueden ser por cualquier infracción de tránsito (Artículo 124 del Código Nacional de Tránsito).
  • Quienes manejen con la licencia suspendida, pueden ser sancionados con prisión de 1 a 4 años y multa de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Revisar y actualizar los datos personales en la página web del RUNT para efecto de notificaciones oficiales.
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