Alcaldía de Bogotá emite decreto para la reactivación de eventos masivos, bares y discotecas

El decreto también aborda la reactivación de los planteles educativos y establece el regreso al trabajo presencial de los funcionarios distritales.


Medidas para la reapertura de restaurantes, bares, discotecas y otros en Bogotá
Foto: Pixabay

Noticias RCN

julio 30 de 2021
06:41 p. m.
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Tras meses de cierre por cuenta de las medidas implementadas para prevenir la propagación del coronavirus, la Alcaldía de Bogotáemitió este viernes, 30 de julio, el decreto 277, a través del cual dictó las condiciones para la reactivación del sector de eventos de entretenimiento masivo como conciertos, partidos de fútbol y la reapertura de bares y discotecas

La primera condición impuesta por la administración distrital para la reactivación de mencionados escenarios es la conservación del distanciamiento físico de al menos un metro, y la imposición de un aforo de máximo el 50%; medidas que deberán ser complementadas por la continuidad del estricto cumplimiento de las medidas de bioseguridad, ‘así como nuevos lineamientos que eventualmente determine la Secretaría de Salud Distrital”. 

De igual modo, la reapertura o planeación de estos escenarios, estará sujeta a la previa aprobación o visto bueno por parte del Sistema Único de Gestión para el Registro, la Evaluación y la Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital, SUGA.

Precisamente, esa entidad deberá evaluar las solicitudes de los diferentes escenarios y eventos, teniendo en cuenta, al momento de la aprobación, el ciclo epidemiológico en que se encuentre la ciudad. 

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El decreto aclara que será responsabilidad de cada evento o del solicitante del permiso de su realización, contar con la logística necesaria para hacer cumplir los protocolos de bioseguridad, evitando las aglomeraciones en las entradas y salidas del recinto donde se desarrolle. 

Las autoridades de igual modo advierten que “la no utilización del tapabocas podrá dar lugar a la imposición de medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así como las demás sanciones a que haya lugar”.

En el marco de los lineamientos para la aprobación de la reactivación de los eventos masivos también se estipula que los sitios donde se desarrollen estos, deberán contar con la debida ventilación, señalando que preferiblemente se debe contar con un sistema ‘cruzado’; lo cual representa la existencia de puntos de entrada y salida que faciliten la circulación aeróbica. 

Para los establecimientos como bares y discotecas, el decreto, de conformidad con la resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud, estipula que estos espacios deberán acogerse a los máximos aforos permitidos, y que dicha capacidad deberá ser de público conocimiento a través de señalización explícita en la entrada de los locales. 

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La Alcaldía aclara que de no dar cumplimiento a dicha información sobre el aforo y velar por su respeto, acarrearía la “suspensión inmediata de la actividad”. 

Sobre el funcionamiento de los gastrobares, discotecas, y demás establecimiento que venda licores al público para su consumo en el mismo lugar, el decreto advierte, en su artículo 9, que estos podrán funcionar en el horario comprendido entre la 10:00 a.m y la 1:00 a.m. del día siguiente. 

Dichos espacios deberán contar con una autorización previa, para la cual podrán registrarse vía onlineaquí.

Otros sectores contemplados en el decreto: 
En cuento al retorno seguro a las actividades presenciales laborales de los colaboradores de las diferentes dependencias y secretarías del Distrito, el decreto señala que, conforme al Plan Nacional de Vacunación, los empleados mayores de 40 años retornarán a su trabajo presencial el próximo lunes 2 de agosto, mientras que los mayores de 30 años, lo harán a partir del día 17 de agosto. 

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De igual modo, desde la Alcaldía de llamó a intensificar las estrategias de detección aislamiento y reporte de los casos positivos de coronavirus, señalando la importancia de la entrega de certificados a quienes se detecten como contagiados. 

El decreto también hace referencia a la autorización de la reactivación de procedimientos médicos, advirtiendo que podrán volver a realizarse “procedimientos electivos, de los diferentes servicios de internación, quirúrgicos, consulta externa, protección específica y detección temprana, de apoyo diagnóstico y complementación terapéutica”.

De igual modo, en virtud de no afectar las capacidades de los servicios de hospitalización, cuidados intensivos e intermedios, teniendo en cuenta la importancia de estos en medio de la pandemia, se pide a cada IPS sopesar o evaluar el riesgo de dichos procedimientos, para no afectar la disponibilidad de algunos de los insumos requeridos en los procesos de atención prioritaria del covid 19 como sedantes, analgésicos, relajantes musculares, oxígeno, entre otros. 

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