C. Constitucional instó al Congreso reglamentar tiempo de gestación para interrupción de embarazos

El alto tribunal hace esta solicitud al conocer el caso de una mujer con 7 meses de gestación a la cual no le practicar un aborto.


Aunque la madre de la menor y las ONG estén de acuerdo de aplicar el aborto, la niña quiere seguir con el embarazo. Foto: EFE

Noticias RCN

mayo 25 de 2015
06:21 p. m.
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La Corte Constitucional instó al Congreso de la República para que expida una regulación frente al tiempo límite en el cual las Entidades Prestadoras de Salud deben realizar el procedimiento de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE).
El alto tribunal realizó esta solicitud al advertir que el personal médico debe tener la plena seguridad y no objetar conciencia al momento de recibir la orden de practicar este procedimiento de acuerdo con las normas constitucionales.
"En efecto, las consideraciones formuladas por el personal médico no se muestran como arbitrarias, desproporcionadas o irrazonables, sino que se encuentran debidamente soportadas en realidades científicas, como que en el caso de embarazos con estados de gestación muy avanzados, se está en frente a fetos desarrollados que en principio, tendrían posibilidades de sobrevivir de manera autónoma por fuera del vientre de la mujer", advierte la sentencia.
El caso particular fue estudiado por la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, al conocer la negación de un médico a realizar este procedimiento porque la mujer, a quien le iba a practicar la IVE, tenía 7 meses de gestación.
"En todo caso, a efectos de que todos los sujetos que puedan llegar a verse involucrados en este tipo de asuntos cuenten con reglas claras a las cuales adecuar su conducta, la sala estima necesario instar al Congreso de la República para que, luego de un debate democrático y ponderado en el órgano de representación popular, explicar la regulación referente al establecimiento de un término máximo para el trámite de estudio y aprobación de las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo que se formulen ante las empresas promotoras de servicios de salud", advierte la Corte Constitucional.
De inmediato, agrega que el Legislativo debe definir "si hay lugar a prever la existencia de una limitación temporal para la práctica de este tipo de procedimientos".
No obstante en el presente caso, el alto tribunal compulsó copias a la Superintendencia de Salud y al Tribunal de Ética Médica de Bogotá, para que investiguen las actuaciones tanto de la EPS Famisanar como la de los médicos involucrados durante el trámite de solicitud de IVE para determinar si incurrieron en faltas que pudieron haber perjudicado a la mujer gestante.
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