Corte Constitucional dio luz verde a la emergencia económica, pero tumbó varias medidas

La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el decreto que estableció el estado de emergencia en parte del territorio nacional.


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Noticias RCN

junio 24 de 2026
04:22 p. m.
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La Corte Constitucional se pronunció sobre uno de los decretos más importantes expedidos por el Gobierno nacional durante la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica en parte del territorio colombiano.

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La decisión fue anunciada por la presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, y explicada junto al magistrado ponente Miguel Polo, quienes dieron a conocer los alcances de la Sentencia C-191 de 2026, relacionada con el Decreto 150 del 11 de febrero de 2026.

¿Qué decisión tomó la Corte Constitucional?

La Sala Plena resolvió declarar la exequibilidad del artículo primero del Decreto 150 de 2026, mediante el cual se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en parte del territorio nacional.

La determinación fue adoptada con una votación de ocho magistrados a favor y uno en contra. Además, se registró un salvamento parcial de voto por parte del magistrado Jorge Enrique Ibáñez y una aclaración de voto del magistrado Carlos Camacho.

Con esta decisión, la Corte avaló la declaratoria de emergencia, pero de manera condicionada.

¿Qué aspectos fueron declarados inexequibles?

Aunque la emergencia fue respaldada por la mayoría de los magistrados, la Corte decidió excluir varios de los hechos y consideraciones que habían sido incluidos dentro de la justificación del decreto.

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Uno de los puntos que fue declarado inexequible está relacionado con la atención de la crisis financiera de las empresas de servicios públicos de energía eléctrica y el supuesto riesgo para la continuidad del servicio de energía en el país.

La Corte también retiró de la declaratoria los asuntos relacionados con las facultades de la Agencia Nacional de Tierras en materia de deslinde de tierras de la Nación, recuperación de bienes de uso público, baldíos y otros procedimientos agrarios.

Asimismo, fueron excluidas las consideraciones sobre la actualización de los planes de manejo de cuencas hidrográficas, los procesos de delimitación de rondas hídricas y su incorporación como determinantes ambientales dentro de los instrumentos de ordenamiento territorial.

¿Qué significa que la decisión sea una exequibilidad condicionada?

La exequibilidad condicionada implica que la Corte permitió que la declaratoria de emergencia continúe vigente, pero únicamente bajo ciertos parámetros definidos por el tribunal.

En otras palabras, la medida fue considerada compatible con la Constitución, aunque algunos de los argumentos utilizados para sustentarla no superaron el análisis constitucional y, por esa razón, fueron retirados de la decisión final.

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