Corte falló a favor de trabajadora doméstica: empleadores tendrán que pagar su seguridad social

El alto tribunal ordenó el pago parcial de su salario mientras se define su acceso a pensión y reparación laboral.


Foto: Freepik

Noticias RCN

septiembre 15 de 2025
06:03 p. m.
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La Corte Constitucional emitió un nuevo fallo de tutela en el que reafirma la obligación de los empleadores de afiliar a los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico al sistema general de seguridad social.

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El caso corresponde a Aura María Urrea, una mujer de 72 años que trabajó durante 19 de su vida como empleada doméstica en una vivienda de Popayán, Cauca. El alto tribunal recordó que esta afiliación es un derecho laboral fundamental y debe cumplirse independientemente del tipo de vínculo o duración del servicio.

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Corte falló a favor de la tutela interpuesta por Aura María

Aura María trabajó durante casi dos décadas como empleada doméstica en una vivienda de Popayán, recibiendo un salario mensual de 500 mil pesos y un auxilio de transporte de 100 mil. Según su testimonio, su empleadora le aseguró que “no debía preocuparse por su futuro puesto que se encargaría de su pensión por todos los años que trabajó a su servicio”.

Sin embargo, durante esos 19 años, nunca fue afiliada al sistema de seguridad social. Ante el incumplimiento de esa promesa, Aura María presentó una acción de tutela, especialmente preocupada por la situación de salud de su esposo, también de 72 años, a quien debe cuidar actualmente.

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Según la Corte, Aura María Urrea es beneficiaria del programa de adulto mayor y recibe actualmente 80.000 pesos mensuales, además de 60.000 pesos por cada jornada de limpieza que realiza en hogares particulares.

Ante esta situación, la Corte Constitucional decidió amparar de forma transitoria sus derechos al mínimo vital, la dignidad humana y la seguridad social.

Como medida provisional, ordenó a su exempleadora pagarle el 50% del salario mínimo mensual vigente, mientras el juez laboral encargado del caso define de manera definitiva los derechos laborales derivados de su vínculo de trabajo.

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La Corte Constitucional otorgó una protección provisional a los derechos fundamentales de Aura María Urrea, incluyendo su dignidad humana, el mínimo vital y el acceso a la seguridad social.

Como medida transitoria, el alto tribunal ordenó a su exempleadora el pago del 50% del salario mínimo mensual vigente, mientras el juez laboral encargado del caso emite un fallo definitivo sobre las obligaciones derivadas de la relación laboral.

Además, la Sala precisó que dicha decisión deberá contemplar el mecanismo mediante el cual se cubrirán los aportes a seguridad social que no fueron realizados durante el tiempo en que Urrea prestó sus servicios.

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