Corte Constitucional se pronunció sobre comentario xenofóbico de Claudia López

Las declaraciones en cuestión fueron dadas por la alcaldesa el pasado 9 de octubre, durante el Consejo Local de Gobierno de Bogotá.


Corte Constitucional habló sobre comentario xenofóbico de alcaldesa
Corte Constitucional habló sobre comentario xenofóbico de alcaldesa/Foto: @ClaudiaLopez/Twitter.

Noticias RCN

diciembre 21 de 2021
11:19 a. m.
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La Corte Constitucional se pronunció sobre las declaraciones de la alcaldesa, Claudia López, que le han causado problemas durante los últimos meses por su tinte xenofóbico y discriminatorio.

Frente a esto, la Corte aseguró que, si bien los funcionarios públicos tienen derecho a la libre expresión, también existen algunas limitaciones que deben tener en cuenta, pues esta debe orientarse a la defensa de los derechos humanos y no incitar a la violencia en contra de las poblaciones vulnerables.

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“Cuando tales manifestaciones inciten la violencia contra personas o grupos vulnerables, esta conducta puede llegar a constituir una vulneración directa del derecho a la seguridad personal y los derechos conexos de estas personas”, advirtió el tribunal, como respuesta a la tutela implantada por Carlos Brender en contra de la mandataria de la capital, por las declaraciones hechas el pasado 9 de octubre con respecto a la situación de seguridad en Bogotá.

“Yo no quiero estigmatizar, ni más faltaba, a los venezolanos, pero hay unos inmigrantes metidos en criminalidad que nos están haciendo la vida a cuadritos, y en eso aquí hablaba con Luis Ernesto, tenemos que volver a traer a Migración Colombia. Aquí el que venga a ganarse la vida decentemente pues bienvenido, pero el que venga a delinquir deberíamos deportarlo sin contemplación”, expresó López en aquel entonces.

Posterior a sus declaraciones, la alcaldesa tuvo que retractarse y pedir excusas públicas. Además, según la Corte Constitucional, Colombia hace parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, comprometido con el respeto por los derechos de los extranjeros y cualquier persona dentro del territorio sin importar su raza, sexo, idioma, religión u opinión.

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Finalmente, la Corte explicó que las palabras de López violaron los derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y a la no discriminación de las personas venezolanas que se encuentran en el país.

“Se enmarca en los llamados actos discriminatorios pues, de manera consciente o inconsciente estableció un vínculo entre la situación de seguridad en la capital del país y la presencia de los extranjeros de nacionalidad venezolana”, concluyó.

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