El Ministerio de Salud reglamentó norma sobre el aborto: esto es lo que se sabe

Luego de muchas polémicas en el país, el Ministerio de Salud y Protección Social, reglamentó la sentencia sobre el aborto.


Luego de muchas polémicas en el país, el Ministerio de Salud y Protección Social, reglamentó la sentencia sobre el aborto.
Foto: captura de video

Noticias RCN

enero 17 de 2023
07:36 p. m.
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La Resolución 051 del 12 de enero de 2023 dice lo siguiente: “Las menores de edad pueden decidir la interrupción voluntaria del embarazo autónomamente sin que sea necesaria la intervención de terceros”.

Ante este caso, lo que deben hacer los profesionales de la salud es hacer eso que se denomina ‘ajuste’ o apoyo durante la consulta para que sea esa niña o esa adolescente quien entienda qué está pasando con su cuerpo y pueda tomar una decisión entre interrumpir el embarazo, continuar el embarazo o dar en adopción.

Las atenciones y procedimientos para la interrupción voluntaria del embarazo se prestarán desde que la persona gestante lo solicite. Por otro lado, en caso de superar la semana 24 o el sexto mes se tendrán en cuenta las tres causales de ley: riesgo de vida o de salud física o mental de la mujer, grave malformación del feto que implique que probablemente no vivirá y embarazo como resultado de una violación.

Es importante mencionar que el servicio de salud lo recibirán las víctimas de delito sexual independientemente de que haya una denuncia penal. La atención se considera urgente y el plazo para el procedimiento será inmediato.

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En este orden de ideas, el Ministerio de Salud y Protección Social, puntualiza en que según las condiciones señaladas por la Corte Constitucional, las mujeres que decidan interrumpir el embarazo tienen derecho a:

  1. Que se reconozca y se respete su decisión, garantizando el acceso a las atenciones que sean necesarias sin que se interpongan barreras o demoras.
  2. Acceder -si así lo desea- a una valoración integral y oportuna del estado de salud que incluya el estado físico, mental y social y que, además, evalúe los posibles riesgos que puede representar el embarazo para su vida o su salud.
  3. Conocer de manera inmediata y precisa los procedimientos, tratamientos o medicamentos que requiere, así como los alcances y riesgos de cada uno.
  4. Acceder a una valoración periódica sobre el desarrollo y estado del embarazo.
  5. En los embarazos después de la semana 24 de gestación con riesgo para la salud o la vida, expedir un certificado ante un profesional de la medicina o de la psicología para acceder a la IVE -si esta es la decisión de mujer o de la persona gestante-.
  6. Acceder de manera urgente y gratuita a todas las demás atenciones en salud previstas para las víctimas de violencia sexual, cuando el embarazo sea consecuencia de esta conducta, independientemente de la edad gestacional en la que se encuentre.

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