Ministerio del Trabajo emite circular con medidas para trabajadores afectados por el desastre

El comunicado establece medidas de protección social y seguridad para empleadores y trabajadores tras el desastre registrado el pasado 10 de agosto.


Foto: AFP

Noticias RCN

agosto 14 de 2026
05:26 p. m.
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El Ministerio del Trabajo emitió recientemente una circular con orientaciones dirigidas a empleadores y trabajadores ante las afectaciones ocasionadas por el sismo de magnitud 7,4 registrado el 10 de agosto.

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Ministerio del Trabajo anuncia medidas para trabajadores afectados por el desastre

Las medidas están contenidas en la Circular 0096 dirigida a empleadores y trabajadores del sector privado, así como a las Direcciones Territoriales, Oficinas Especiales e Inspecciones de Trabajo del Ministerio.

El documento busca facilitar respuestas laborales frente a la emergencia, proteger la vida y la integridad de los trabajadores, preservar el empleo y los ingresos y permitir la atención de situaciones familiares y personales derivadas del desastre.

Trabajo en casa como alternativa temporal

Entre las orientaciones se contempla la posibilidad de habilitar temporalmente el trabajo en casa cuando la naturaleza de las funciones lo permita y esta alternativa contribuya a proteger al trabajador, atender situaciones derivadas del desastre o mantener la continuidad de las actividades.

El Ministerio precisa que esta modalidad debe cumplir con los requisitos de comunicación, temporalidad, medios y condiciones de ejecución y gestión de los riesgos laborales establecidos en la normativa aplicable.

Empresas podrán adoptar otras medidas de organización

Cuando el trabajo en casa no sea viable para determinadas funciones, los empleadores podrán evaluar alternativas temporales de organización laboral, siempre dentro del marco legal, contractual y del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Entre las posibilidades mencionadas están la prestación del servicio en instalaciones seguras, la redistribución de actividades y los ajustes de horarios o turnos. Estas medidas deben respetar la jornada máxima, los descansos y los derechos mínimos de los trabajadores.

Licencia remunerada por grave calamidad doméstica

La Circular también recuerda la posibilidad de acceder a licencias remuneradas por grave calamidad doméstica, cuando las consecuencias concretas del desastre afecten de manera relevante al trabajador o a su núcleo familiar y se cumplan los requisitos establecidos.

El documento aclara que el sismo o la declaratoria de desastre no generan automáticamente este derecho para todos los trabajadores. Cada situación debe analizarse de acuerdo con las circunstancias acreditadas y la normativa correspondiente.

¿Qué pasa con las ausencias y retrasos?

Por otro lado, los empleadores deberán revisar las circunstancias que expliquen ausencias, retrasos o imposibilidad de asistir al trabajo cuando estén relacionadas con situaciones derivadas del desastre, como restricciones de movilidad, evacuaciones, afectaciones de vivienda, interrupciones del transporte o la atención urgente de familiares.

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Antes de aplicar medidas disciplinarias, deberán valorarse las circunstancias particulares y garantizarse el procedimiento correspondiente.

Otras alternativas contempladas

La Circular 0096 también aborda diferentes mecanismos que pueden ser utilizados, según las circunstancias y las normas vigentes. Entre ellos se encuentran:

  • El retiro parcial de cesantías para reparación y mejora de vivienda, cuando se cumplan los requisitos legales.
  • La posibilidad de acordar vacaciones causadas o anticipadas.
  • Las licencias no remuneradas y otros permisos voluntarios, siempre que exista acuerdo entre las partes.
  • Auxilios extralegales y mecanismos voluntarios de solidaridad empresarial para trabajadores afectados.
  • Anticipos voluntarios a cuenta de la prima de servicios del segundo semestre de 2026.
  • El sismo no implica automáticamente la suspensión de contratos
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