¡Ojo! Se extiende el plazo para beneficio de pago a cuotas del predial en Bogotá

El anuncio lo hizo la Alcaldía al manifestar que los contribuyentes han tenido inconvenientes en para obtener el beneficio en la plataforma.


¡Ojo! Se extiende el plazo para beneficio de pago a cuotas del predial
Foto: AFP

Noticias RCN

junio 30 de 2020
06:48 p. m.
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La Secretaría de Hacienda de Bogotá declaró el estado de contingencia luego de recibir un informe relacionado con losinconvenientes técnicos que ha generado el pago del predial por cuotas.

De esta manera, el Distrito anunció que las personas interesadas en acogerse a ese beneficio, y que a las 11:59 p.m. de este martes no hayan podido hacerlo, tendrán plazo mientras dure la contingencia y hasta el día siguiente al restablecimiento total de los servicios informáticos electrónicos. 

A principios de junio, la Alcaldía expresó que los bogotanos que no pudieran pagar de contado los impuestos predial y de vehículos, que se vencen el 14 de agosto y el 3 de julio, respectivamente, tendrían la opción de realizar el pago por cuotas.

Vea también: Lo que debe hacer para pagar el impuesto predial o vehicular a cuotas

Sin embargo, en la ejecución se habrían registrado algunos errores técnicos en el servicio que no permitieron seguir con el plazo establecido, que inicialmente era hasta el último día hábil de junio.

En el caso del impuesto predial para usuarios residenciales y los interesados, podrán inscribirse en la página web de la Secretaría de Hacienda.

Allí le solicitarán una clave, pero si no tiene una, el sistema lo guía, tenga su cédula a la mano porque le harán tres preguntas de seguridad, para que pueda asignar su contraseña.

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Para predios no residenciales el plazo de inscripción será el 24 de julio, en cualquier caso las cuotas se diferían en montos iguales así:

  • Primera cuota: 28 de agosto
  • Segunda cuota: 30 de octubre 
  • Tercera cuota: 18 de diciembre 
  • Cuarta cuota: 19 de febrero del 2021

La Administración Tributaria espera estabilizar lo más pronto posible el servicio para que los contribuyentes puedan adelantar el pago.

Quienes se acojan a este pago por cuotas y dejen de pagar dos facturas seguidas deberán hacer la cancelación total inmediata del valor liquidado.

Los contribuyentes de predios, que estén en etapa de pago ordinario, podrán diferir la obligación hasta por 12 meses y sin intereses adicionales.

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