Procuraduría absuelve a exministras Gina Parody y Cecilia Álvarez por caso Odebrecht

El Ministerio Público indicó que las funcionarias no habrían incurrido en conflicto de intereses al participar en Conpes sobre el proyecto Ruta del Sol.


Procuraduría absuelve a exministras Gina Parody y Cecilia Álvarez
Procuraduría absuelve a exministras Gina Parody y Cecilia Álvarez/Foto: archivo.

Noticias RCN

abril 07 de 2022
07:11 p. m.
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La Procuraduría General de la Nación absolvió, en primera instancia, a la exministra de Educación, Gina Parody, y a la exministra de Transporte, Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez, en el caso por presunto conflicto de intereses al participar en los Conpes que buscaban la recuperación del río Magdalena y declaraban de importancia estratégica el proyecto de la Ruta del Sol.

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Según la decisión emitida por el Ministerio Público, ninguna de las dos se encontraba fungiendo como ministra cuando se realizaron los Conpes y se suscribió la resolución de vinculación, “previo al establecimiento de estaciones de peaje en la transversal Río de Oro-Aguaclara-Gamarra”.

Además, se comprobó que los familiares de Parody no pertenecían a la sociedad que solicitó la concesión, ni de la beneficiaria, ni de las integrantes.

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La decisión de la Procuraduría también expresó que, tras un estudio detallado de los cargos mediante la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, se concluyó que los intereses de las exministras no eran directos, motivo por el cual “no se cumplían las condiciones para determinar un conflicto de intereses y la comisión de una eventual falta disciplinaria”

La entidad comprobó que los hermanos Parody fueron representantes legales de una sociedad que era minoritaria y accionista de otra que finalmente fue escogida por Cormagdalena para otorgarle la concesión sobre el puerto fluvial, meses después de haberse desarrollados las sesiones Conpes en que participaron las exministras.

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Finalmente, se sabe que el fallo disciplinario proferido por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular, no fue apelado en primera instancia.

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