¿Puede acumular días de descanso por votar en las presidenciales? Registraduría responde
Uno de los incentivos para los votantes en Colombia es recibir un día de descanso remunerado, redimible durante los 30 días siguientes a las elecciones.
Noticias RCN
09:41 a. m.
Las elecciones presidenciales se acercan, y más de 39 millones de colombianos están habilitados para votar. Por participar en la democracia, la ley establece que los ciudadanos tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado.
Condiciones para pedir el día de descanso por votar
Este beneficio puede ser tomado durante los 30 días siguientes a las elecciones. Para pedirlo, los trabajadores deben presentar a su empleador el certificado electoral que recibieron en las urnas, y entre ambos acordar la fecha de descanso.
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¿Son acumulables los días de descanso?
Como ninguno de los candidatos alcanzó el umbral para pasar en primera vuelta, este 19 de junio se realizará una segunda votación para definir el próximo presidente de Colombia. Algunos ciudadanos se han preguntado si son acumulables los días de descanso obtenidos en la primera y segunda vuelta.
Frente a esto la Registraduría Nacional del Estado Civil aclaró que no es posible pedir dos días, porque, aunque sea la segunda vuelta, son las mismas elecciones. Si la persona que votó el 29 de mayo ya reclamó el beneficio, aun si vota en la segunda vuelta no podrá acceder al beneficio.
¿Cómo saber su puesto de votación?
Los ciudadanos deben consultar su lugar de votación en la página de la Registraduría Nacional.La votación se realizará en los mismos puestos destinados en la primera vuelta, no habrá ningún cambio.
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En la página de la entidad las personas encontrarán la opción ‘lugar de votación’, al seleccionarla se abrirá una pestaña que pide el número de documento, es necesario digitarlo y presionar ‘consultar’. Allí el portal brindara la información de la dirección, y la mesa de votación.