Sancionan al CDA de Palmira por alterar resultados de revisiones tecno mecánicas

Por nueve meses, el Centro de Diagnóstico Automotor de Palmira estará inhabilitado por haber alterado revisiones tecnomecánicas y de emisiones contaminantes.


Supertransporte suspende al CDA de Palmira por 9 meses
Foto: Archivo.

Noticias RCN

octubre 05 de 2021
10:29 a. m.
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La Superintendencia de Trasportessancionó con nueve meses de suspensión e habilitación al Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) de Palmira, por alterar los resultados obtenidos en tres vehículos asistentes a la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes.

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Adicional a esto, la sanción también obedece a la alteración de la veracidad de la información reportada al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), con la cual “se puso en riesgo a personas con la prestación de su servicio", destacó el ente regulador.

“Es Fundamental que los organismos de apoyo al tránsito cumplan con calidad estas revisiones técnico mecánica y de emisiones contaminantes”, destacó Camilo Pabón Almanza, superintendente de Transporte al momento de tomar la decisión, y quien ahora se desempeña como viceministro de Transporte.

La Supertransporte llegó a la decisión gracias al trabajo mancomunado con el Operador Homologado Compañía Internacional de Integración S.A. (Ci2), quien halló irregularidades respecto al cumplimiento de las obligaciones a cargo del CDA al realizar las inspecciones de los automotores, calificar los resultados, expedir los certificados correspondientes y reportar la información al Runt.

Asimismo, otro de los detalles que favoreció la decisión fue que la CDA realizó pruebas con equipos que tenían seriales diferentes a los reportados ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac), y ante la Ci2.

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Además, la CDA reportó haber realizado revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes a los tres vehículos, pese a que esto nunca se hizo, y cuya evidencia quedó registrada en los vídeos del Operador Homologado del Sicov.

Por último, el centro diagnóstico reportó ante el Runt información que no correspondía a la realidad, al señalar que dichos vehículos habían completado los requisitos mencionados en el párrafo anterior, sin siquiera haberles practicado las pruebas.

La decisión quedó sujeta a los recursos de reposición y apelación.

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