DIAN aclara sobre posible cobro de retefuente por pagos con Bre-B, ¿Quiénes deben pagar?

Desde la entidad se pronunciaron sobre el polémico proyecto para cobrar retención en la fuente.


Bre-B
Foto: redes y edición

Noticias RCN

octubre 31 de 2025
12:37 p. m.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha tomado una posición clara en medio de la controversia generada por el proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda que busca aplicar una retención en la fuente del 1,5% (equivalente a 15 por cada $1.000) a los pagos realizados a través de sistemas de transferencia inmediatas como Bre-B y billeteras digitales como Nequi, Daviplata, entre otras.

La entidad tributaria ha enfatizado que la medida propuesta “no afecta a personas sino a comercios”, buscando calmar la preocupación de los usuarios comunes, aunque el debate entre gremios, expertos y pequeños comerciantes continúa al rojo vivo.

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El proyecto de decreto, que fue puesto en consulta pública por el Ministerio de Hacienda, tiene como fin principal equiparar el tratamiento tributario en materia de retención en la fuente (retefuente) aplicable a los pagos efectuados mediante tarjetas de crédito y débito, que ya están sujetos a esta retención, con los realizados a través de los nuevos instrumentos electrónicos como Bre-B y otros métodos de pago digital.

Según Gustavo Peralta, director de gestión jurídica de la DIAN, esta nivelación busca eliminar el "arbitraje" o la distorsión que se genera al tener dos medios de pago que cumplen funciones similares, pero con tratamientos fiscales diferentes.

La DIAN asegura que el gravamen del 1,5% (o 15 por mil) no es un impuesto nuevo, sino una retención anticipada del impuesto de renta, un mecanismo de recaudo que el comerciante o prestador del servicio podrá descontar posteriormente en su declaración de renta.

¿Quién asume la retención y quién está exento?

La principal aclaración de la DIAN es que la retención en la fuente recae sobre el comercio o prestador del servicio que recibe el pago, y no sobre el usuario o cliente que realiza la compra.

"No es el usuario del servicio quien lo va a asumir la retención en la fuente, sino quien asumiría la retención en la fuente es el prestador del bien o servicio", según lo expresado.

Además, la propuesta establece importantes excepciones para proteger a ciertos grupos de contribuyentes, como:

  • Personas Naturales no responsables de IVA: Están exentas de esta responsabilidad, de acuerdo con el artículo 401-4 del Estatuto Tributario.
  • Comercios en el Régimen Simple de Tributación: Tampoco estarían sujetos a esta retención en la fuente, si el pago se realiza a su favor.
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