Ojo con la DIAN: no hacer esta actualización puede cambiar su situación tributaria

La DIAN recordó que cerca de 20.000 entidades deben realizar un trámite clave antes del 30 de junio para conservar beneficios tributarios.


Foto: Dian
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Noticias RCN

junio 01 de 2026
09:45 p. m.
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reiteró el llamado a las cerca de 20.000 Entidades Sin Ánimo de Lucro que hacen parte del Régimen Tributario Especial para que realicen la actualización correspondiente a 2026 antes del próximo 30 de junio.

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Según informó la DIAN, la actualización es un requisito obligatorio para que las organizaciones mantengan vigente su calidad dentro del RTE y continúen accediendo a los beneficios establecidos para este grupo de contribuyentes. La medida también aplica para cooperativas vinculadas al régimen.

¿Hasta cuándo se puede hacer la actualización del Régimen Tributario Especial?

El plazo máximo para presentar la solicitud de actualización vence el 30 de junio de 2026. La entidad recordó que las corporaciones, fundaciones, cooperativas, asociaciones y demás organizaciones que realizaron la actualización en 2025, obtuvieron autorización de calificación o readmisión, o se constituyeron como cooperativas durante ese año, deben cumplir nuevamente con este proceso.

Para adelantar el trámite, las entidades deben verificar que su Registro Único Tributario (RUT) tenga registrada la responsabilidad 04 - Régimen Tributario Especial. Además, es indispensable contar con la documentación completa, vigente, legible y ajustada a los requisitos establecidos por la normativa tributaria.

Entre los soportes requeridos se encuentran estados financieros, informes anuales de resultados, certificados del representante legal y actas de asamblea.

¿Qué pasa si una ESAL no actualiza su registro ante la DIAN?

La DIAN advirtió que los contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial, así como las cooperativas que no presenten la solicitud de actualización antes del 30 de junio de 2026, pasarán a ser contribuyentes del impuesto de renta y complementarios del régimen ordinario a partir del año en que se configure el incumplimiento.

La autoridad tributaria invitó a las organizaciones a no esperar hasta el último día para realizar el procedimiento. La recomendación busca evitar contratiempos en la presentación de la solicitud y garantizar la continuidad de las entidades dentro del Régimen Tributario Especial, junto con los beneficios que este contempla.

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